Diario de Castilla y León

Las dos primeras sentencias con la ley del ‘sólo sí es sí’ no suponen rebaja de penas

La Audiencia de León condena a dos hombres por agresión sexual a dos menores a nueve años de cárcel, por encima del mínimo de ocho años que imponía con anterioridad el Código Penal

Audiencia Provincial de León. GGL SW

Audiencia Provincial de León. GGL SW

Publicado por
Ricardo García
Valladolid

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La reciente modificación del Código Penal acometida por el Gobierno de España ha dado lugar a la conocida como ley de ‘solo sí es sí’, que como principal novedad trae rebajas en las penas mínimas por delitos sexuales. No obstante, la aplicación de la misma por parte de la Justicia esta suponiendo un caos que puede inducir a confusión. El mejor ejemplo son dos sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de León, donde la aplicación del renovado Código Penal no supone una reducción de las penas de los condenados.

La explicación no es otra que el tiempo de prisión determinado por el tribunal, en ambos casos de nueve años. Al tratarse de periodos que están por encima del mínimo de ocho años que se recogía en la anterior legislación, no existe tal reducción, ya que esta solo tendría lugar cuando la pena fuera de ese mínimo que ahora se reduce hasta los seis años.

Por eso, en las mencionadas sentencias no procede revisión de ninguna clase, más aún cuando las penas impuestas en ambas ya toman como base jurídica la ley del ‘solo sí es sí’. Precisamente, el mejor ejemplo para analizar en qué casos afecta la nueva norma hay que buscarlo en la Comunidad de Madrid, donde un condenado a ocho años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de su pareja sentimental, de 13 años, ha visto rebajada su pena a seis años por habérsele impuesto en aquel momento la pena mínima y que ahora se reduce en dos años.

Las sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de León, por tanto, lo que hacen es aplicar la nueva ley a la hora de marcar las penas, tal y como se detalla en cada una de ellas. De hecho, en la primera de ellas, dictada el pasado 13 de octubre, la sala se anticipa a la modificación del Código Penal. «No podemos desconocer que al dictado de la presente sentencia ha entrado en vigor la LO 10/22 la cual viene a reformar la penalidad del delito de abuso sexual calificado sobre menores (...) rebajando la pena de 6 a 12 años frente al texto anterior que era de 8 a 12 años de prisión», señala la sala. Las penas, cuando no se trata de víctimas menores, pasan de una horquilla de 12 a 15 años a la nueva de 7 a 15.

Al respecto, añade además que «en relación a la aplicación de legislación penal no vigente al tiempo de los hechos -la ley del ‘solo sí es sí’ entró en vigor con posterioridad- pero vigente al tiempo del dictado de la sentencia por ser más favorable para el reo por su menor penalidad», por lo que optaron por tenerla ya en cuenta y evitar, entre otras cosas, posibles revisiones como las que estos días se están produciendo.

En esta sentencia se condena a un varón por un delito continuado de agresión sexual a la pena de nueve años y un día. Los hechos ocurrieron entre los meses de noviembre de 2015 y enero de 2016. El condenado convivía en el mismo domicilio con su pareja y los dos hijos menores de ésta, siendo una de éstos un niña de once años. Aprovechando esta circunstancia y el hecho de que, para mejor sobrellevar las bajas temperaturas del invierno, dormían los cuatro integrantes de la familia en una misma habitación en dos camas.

Según la sentencia, el condenado, guiado por el ánimo de satisfacer sus deseos lúbricos, aprovechaba las veces que compartía con la menor Julieta para manosearle los pechos y la zona genital por debajo de la ropa, así como apretar su pene contra su trasero, llegando a introducirle dedos en la vagina en más de una ocasión.

En el segundo caso, se trata de una sentencia también de la Audiencia Provincial de León, publicada en este caso el 10 de este mismo mes de noviembre, acabó con un varón condenado por un delito continuado de agresión sexual a una menor de dieciséis años. Según el fallo, el condenado, de 29 años, con carácter continuado y una frecuencia casi semanal, aprovechaba los momentos en que se quedaba a solas con su prima de diez años para satisfacer su deseo sexual. Así, según informa Ical, el condenado efectuaba tocamientos en sus pechos, la chupaba la zona genital, la obligaba a tocarle el pene y a realizarle felaciones, introducía los dedos en su vagina y, en algunas ocasiones, llegó a un introducir también el pene, aunque no fuese completa la penetración. 

La pena impuesta ha sido de nueve años y un día de cárcel, aunque la Audiencia incide una vez más en que «penológicamente, la nueva regulación de los delitos sexuales cometidos contra los menores de 16 años, operada por la LO 10/22, es más beneficiosa para el responsable, ya que dentro de la horquilla punitiva del acceso carnal no consentido, se prevé una pena menor en su extensión mínima y de igual duración en la parte máxima».

«Retroceso»

Tras la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’ han sido muchas las críticas que se han vertido sobre esta nueva norma, y el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, no ha sido la excepción. 

Ayer consideró, a través de un vídeo, que «la ley del ‘sí es sí’ es el mayor retroceso en la lucha contra los delitos sexuales de nuestra democracia». En este mismo sentido, Mañueco señaló que «hoy las mujeres y los menores están más desprotegidos» y que «se ha producido un daño irreparable». «Estoy pensando en estos momentos en las víctimas y en sus familiares», añadió, para exigir a renglón seguido que «Irene Montero debe dimitir o ser cesada por Pedro Sánchez», por se la ministra de Igualdad la principal impulsora de la nueva ley.

Por su parte, el alcalde de Valladolid y secretario general del PSOE provincial, Óscar Puente, reclamó este jueves «un poquito más de prudencia y rigor» a la ministra de Igualdad ante las consecuencias jurídicas que se observan en la aplicación de la ley conocida como del ‘solo sí es sí’ e incluso se refirió a algunas declaraciones sobre el asunto como «salidas de tono», informa Europa Press.

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