Diario de Castilla y León

Palencia y Soria prorrogan los abortos en Madrid pese a la condena a Murcia por hacerlo

Ambas provincias seguirán enviando a las mujeres a otra autonomía después de que el Constitucional avale el derecho de a ser atendidas cerca de casa / Sanidad asegura que no puede limitar la contratación a centros de una provincia

Fachada del hospital Rio Carrrión de Palencia.

Fachada del hospital Rio Carrrión de Palencia.Manuel Brágimo

Publicado por
Valladolid

Creado:

Actualizado:

Las mujeres de Palencia tendrán que seguir desplazándose hasta Madrid para abortar. Lo mismo que las de Soria. Son las dos provincias de Castilla y León que en 2024 seguirán enviando a sus embarazadas a otra comunidad autónoma para una interrupción voluntaria del embarazo a pesar de que una sentencia del Tribunal Constitucional condenó el año pasado al servicio murciano de salud por hacerlo sin estar justificado.

El pasado lunes, 25 de marzo, la Consejería de Sanidad renovó el contrato con la clínica privada Isadora para la Gerencia de Palencia. Hace casi tres meses, el 5 de enero, había prorrogado otro expediente similar, el de Soria, para mantener la externalización en ese mismo centro de Madrid.

Derivar a las embarazadas a una clínica privada es, en la práctica, lo habitual en Castilla y León y en el conjunto de España, donde las comunidades justifican que no pueden asumir esa prestación porque no tienen ginecólogos disponibles al ejercer la mayoría de ellos su derecho a la objeción de conciencia. Lo que distingue a Palencia y Soria es que las mujeres son enviadas a una comunidad autónoma distinta a la de su residencia, lo que les obliga a recorrer más de 200 o 300 kilómetros desde su municipio para someterse a esa intervención.

El contrato inicial para atender a las mujeres palentinas fue adjudicado a comienzos del año pasado por 42.730 euros a Clínica Isadora, al ser esta empresa la única que se presentó. Esta semana, el gerente de Asistencia Sanitaria de Palencia, José Jolín, firmó la prórroga por idéntica cantidad y otros doce meses, del 23 de marzo de 2024 al 22 de marzo de 2025.

Se suma así a la prórroga firmada el 5 de enero por la gerencia soriana con la misma clínica madrileña, por 21.780 euros y que extiende el servicio hasta el próximo 31 de diciembre de 2024.

El fallo del Constitucional reconoció el año pasado que Murcia «vulneró el derecho fundamental» de una mujer «a su integridad física y moral» al derivarla a una clínica privada de Madrid para que se realizase esta práctica «en una localidad lejana de su residencia habitual» y fuera de su comunidad autónoma.

Se trata de salvaguardar «que la mujer que va a interrumpir el embarazo, que se encuentra en una situación de vulnerabilidad física y emocional, no salga de su entorno habitual y pueda contar con los apoyos de sus allegados para hacer frente a esta difícil situación del modo menos traumático posible», argumentó en su sentencia, que condenó por unanimidad a la comunidad murciana por derivar a la recurrente a Madrid sin haber aducido ningún motivo excepcional que justificara que no pudieron facilitar en tiempo la prestación.

El Tribunal sostuvo que tal exención solo hubiera sido posible si todos estos profesionales hubieran ejercido su derecho a la objeción de conciencia conforme establece la ley, lo que les hubiera exigido ejercer este derecho individualmente, de forma anticipada y por escrito, lo que en el caso enjuiciado no quedó acreditado.

Desde Castilla y León aseguran que «en algunas provincias, en las que no es posible realizar la prestación» porque el número de facultativos objetores «no permite la realización del procedimiento con medios propios, es preciso acudir a fórmulas de colaboración público-privada, en las que rige la norma de contratación administrativa pública». Y la normativa de contratación del sector público «no permite la limitación de la concurrencia a centros sanitarios de la provincia», argumentan.

En España, la llamada ley de plazos regula desde 2010 que los abortos en España deben realizarse en centros públicos siendo «excepcional» su derivación. Y precisa que el acceso a una interrupción del embarazo y su calidad asistencial no puede resultar «menoscabado» por el ejercicio de la objeción de conciencia. Además, hace justo un año, en febrero de 2023, la reforma de esa norma reforzó esa obligatoriedad, apostillando que « los servicios públicos se organizarán siempre de forma que se garantice el personal sanitario necesario para el acceso efectivo y oportuno a la interrupción voluntaria del embarazo».

En la práctica, sin embargo, lo excepcional es que ese procedimiento se realice en centros públicos. Aunque el porcentaje ha ido creciendo levemente en los últimos trece años, los últimos datos de 2022 revelan que sólo el 17% de las 98.316 interrupciones realizadas en España tuvo lugar en la red pública.

En Castilla y León –donde los de Miranda de Ebro y Burgos son los únicos hospitales públicos que asumen este procedimiento – el porcentaje se sitúa por debajo de la media nacional: venía rondando el 2% y en 2022 creció hasta el 9% al incorporarse ese ejercicio el Hospital Universitario de Burgos.

En números absolutos, de los 2.839 abortos registrados en la Comunidad, sólo 248 embarazadas fueron atendidas en esos dos centros de Sacyl, mientras las casi 2.600 restantes tuvieron que acudir a un centro privado. La mayoría de ellas, además, son atendidas en otra provincia, porque aunque hay tres centros privados autorizados en Castilla y León (Buenavista, en León, Multimédica-Centro y Mencía en Salamanca y Ginemédica en Valladolid), este último es el único que tiene concertada la prestación con las distintas gerencias de Sacyl.

Por sistema, desde hace trece años, la Consejería de Sanidad argumenta que no puede asumir esa prestación con sus propios medios porque la mayoría de sus ginecólogos se declaran objetores, aunque paradójicamente ha mantenido un desconocimiento sobre el número exacto de facultativos que lo había comunicado formalmente. O, al menos, se negaba a divulgar esa información.

El año pasado, la Comisión de Transparencia –en respuesta a una reclamación presentada por este periódico– obligó a la Junta a informar del número de ginecólogos objetores en su red pública: de los 216 contratados por Sacyl, 176 están acogido a esta cláusula por sus convicciones y sólo los 40 restantes están dispuestos a intervenir de forma directa en una interrupción.

La distribución de esos 40 ginecólogos en la red sanitaria es un secreto que Sanidad se niega a desvelar alegando que eso permitiría identificar a los profesionales de algunas provincias, donde todos o casi todos los especialistas son objetores. Pero también impide al ciudadano vigilar si un hospital no realiza esta prestación incluida en la cartera básica de servicios porque carece de personal o porque mantiene la inercia de externalizar el servicio.

La Consejería de Sanidad asegura que hace meses reiteró a los gerentes que «en el momento en el que se disponga de profesionales suficientes, se ponga en marcha esta prestación». En el último año, ningún hospital público ha iniciado los trámites para realizar interrupciones del embarazo en Castilla y León. Tampoco lo ha solicitado ningún centro privado.

En ese contexto, todos los expedientes de contratación de las gerencias incluyen una coletilla similar para justificar la insuficiencia de medios. En el caso del contrato de Palencia, es la siguiente:

«La Gerencia Regional de Salud, no dispone de infraestructura, medios ni personal suficiente para poder llevar a cabo estos procedimientos [...] al haberse acogido los profesionales sanitarios a su derecho fundamental de objeción de conciencia». Por eso, la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Palencia plantea «la necesidad de volver a contratar la prestación de este servicio público, mediante concierto de procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo con una entidad privada».

La modificación hace un año de la ley introdujo la obligación de las autonomías de tener un registro de objetores de conciencia específico para los profesionales implicados en las interrupciones del embarazo.

Castilla y León – donde el aborto es un asunto especialmente espinoso que divide al Gobierno autonómico formado por PP y VOX, como demostró el anuncio de un protocolo ‘fantasma’ para coaccionar a las mujeres que deciden abortar mediante la escucha del latido fetal y ecografías 3D– no ha dado ningún paso en el último año para crear ese registro. La Consejería de Sanidad se escuda en que está «pendiente de la aprobación por parte del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud» de un protocolo específico para regularlo. Es cierto que así lo establece la normativa, para fijar las condiciones mínimas de esa base de datos. Pero también es cierto que nada impide a Castilla y León promover entretanto su propio registro, como han demostrado territorios como Cataluña y Canarias, que se han puesto manos a la obra sin esperar a las directrices que más adelante puedan fijarse en ese protocolo nacional:ambas autonomías ya han redactado sendos proyectos de decreto.

El Ministerio de Sanidad tampoco se plantea de momento llevar este asunto al Consejo Interterritorial.

La ausencia de ese registro impide verificar si hay profesionales que se declaran objetores en la sanidad pública pero practican abortos en la privada. Desde Sanidad explican que «la vigilancia de la compatibilidad de los profesionales sanitarios que trabajan en el sector público y al mismo tiempo tienen una actividad en el sector privado es competencia de la Inspección General de Servicios». Desde la Inspección General de Servicios, por su parte, indican que se limitan a vigilar la compatibilidad de quienes trabajan en ambos ámbitos de forma simultánea, pero desconocen quién práctica abortos ni dónde lo hace.

Mientras, en esta maraña de normativas arrimadas a cada ascua, de dispares voluntades políticas y de pelotas botando de un tejado a otro, se mantiene la paradoja de que una mujer embarazada de Palencia que decida poner fin a su embarazo tiene que viajar hasta Madrid porque ni en su ciudad, ni en el cercano hospital de Burgos ni en la más cercana aún clínica adosada a la estación de autobuses de Valladolid pueden atenderla en este delicado trance.

Un año de la modificación legal y una sentencia del Constitucional no han servido, de momento, para cambiar el statu quo.

tracking