TRIBUNALES
Absuelto en Soria de una agresión sexual al que Fiscalía pedía 10 años de cárcel
La Audiencia Provincial no encuentra «prueba de cargo suficiente» y aplica el principio de ‘in dubio pro reo’

Audiencia Provincial de Soria.
La Audiencia Provincial de Soria ha absuelto a un hombre acusado de un delito continuado de agresión sexual a una joven al que la Fiscalía pedía pena de cárcel de 10 años y una indemnización de 50.000 euros, mientras que la acusación particular lo elevaba a 12 años de prisión y 65.000 euros.
El tribunal estima que «no existe prueba suficiente que acredite de forma inequívoca y sin ningún género de duda determinar la veracidad de los mismos» pues estima que «la declaración de la denunciante carece de los requisitos jurisprudenciales de verosimilitud y persistencia en la incriminación para ser considera como prueba de cargo», según la sentencia a la que ha tenido acceso este medio.
Además, la sala dice que la declaración de la denunciante «adolece de numerosas contradicciones... y no sólo no está corroborada, sino contradicha por datos periféricos, suscitándose muy serias dudas en cómo se desarrollaron los hechos enjuiciados, dudas por las que debe ser aplicado el principio de ‘in dubio pro reo’ (ante la duda beneficio del reo).
Señala el tribunal además que «no hay prueba de cargo suficiente y válida», de ahí que se dicte una sentencia absolutoria que es recurrible en recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ).
Según el relato de los hechos, el procesado, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, sobre las 5:40 horas de la madrugada del 19 de marzo de 2023, acudió con la denunciante y otros dos jóvenes a una vivienda de la ciudad, tras haber estado todos ellos de fiesta aquella noche.
La otra pareja se fue a dormir a una habitación, mientras la víctima «teniendo a su disposición otro dormitorio, y un sofá grande en el salón», fue a dormir a la habitación donde se encontraba el acusado, al que había conocido aquella misma noche.
Ya en el dormitorio, pidió al procesado un pijama y éste se lo facilitó, y «mientras ella se lo ponía, el procesado se giró para que ella se desnudara en intimidad». La denunciante se metió en la cama donde se encontraba el acusado, y mantuvieron relaciones sexuales. «No ha resultado probado que la relación sexual fuera sin consentimiento», señala el fallo.
En la exploración médico forense posterior se reseñó que la informada no refería haber sufrido intimidación; ni presentaba signos de etiología traumática en toda la superficie corporal, ni lesiones traumáticas genitales.
En el momento de los hechos, la joven tenía «antecedentes médicos de ansiedad» y sufrió posteriormente «un trastorno de estrés postraumático con niveles de ansiedad altos, mostrando nerviosismo, tensión, sobresaltos y sintomatología depresiva, sin que estos síntomas, fuera de toda duda, tengan origen en estos hechos».
En su declaración ante la sala, la joven señaló que la chica de la otra pareja le había dicho que tenía que dormir con el acusado porque «no había más sitio» pero que «no se preocupase porque no le iba a tocar un pelo» y que ella aceptó. «Quería que llegase el día siguiente para marcharse» y que él «se acercó por detrás y le abrazó, no entendía lo que pasaba». «Él le empezó a quitar el pantalón... y a partir de ese momento tenía tantísimo miedo...» El acusado negó en su testimonio ante el tribunal haber tenido relaciones sexuales sin consentimiento.