TRIBUNALES
Absuelto por falta de pruebas un hombre acusado de violar de forma continuada a su pareja en Segovia
“No permite, de ningún modo, establecer el relato de los hechos por los que es acusado el hombre”, concluye la Audiencia

Audiencia Provincial de Segovia
La Audiencia Provincial absolvió en Segovia a un hombre de los delitos de violación continuada, vejaciones y de lesiones hacia su pareja sentimental por falta de pruebas, donde la mujer denunció haber sido “obligada” a tener sexo, mientras recibía insultos como “perra” y “puta”, al mismo tiempo que la introducía consoladores por la vagina y el ano, lo que le llegó a producir un desgarro anal.
La defensa presentó un escrito de calificación provisional, en que expresó su disconformidad con los hechos narrados por el Ministerio Fiscal y la acusación particular “por no ajustarse a la realidad”, y alegó haber sido todas relaciones sexuales consentidas ocurridas en octubre de 2022.
Según la sentencia, el acusado y la denunciante se conocieron a través de internet en verano de 2022, iniciándose entre ellos una relación sentimental a distancia, que incluyó conversaciones por internet “con alto contenido sexual” así como el mantenimiento de relaciones sexuales consentidas ya desde la primera vez en que se vieron en visita del acusado a la denunciante.
En septiembre se trasladó la denunciante y empezaron a convivir, primero en el domicilio del acusado, con su madre, y después en una vivienda que alquilaron, manteniendo relaciones sexuales consentidas durante la convivencia. El 29 de octubre de 2022, la mujer formuló una denuncia contra el acusado al asegurar que tres días antes quiso mantener relaciones sexuales y como ella se negó la agarró de los brazos profiriendo insultos como “perra” y “puta” y la obligó a tener sexo introduciéndole dos consoladores en la vagina y en el ano llegándole a producir un desgarro anal.
En el curso de la instrucción dijo que las relaciones sexuales no fueron consentidas por ella desde el 12 de octubre, porque él utilizaba vibradores y le hacía “mucho daño”, y que como no lo permitía le golpeaba, con las manos y a veces con el puño, que tenía marcas y que le insultaba. Hechos que, según indicaron desde la Audiencia Provincial de Segovia, “no han quedado probados”.
Asimismo, la prueba practicada en las sesiones de este juicio “no permite, de ningún modo, establecer el relato de los hechos por los que es acusado el hombre”, además de no permitir establecer hechos por él cometidos susceptibles de sanción penal. La Sala tuvo “serias dudas”, que llevaron necesariamente a la absolución del acusado por el principio ‘in dubio pro reo’.
“Consideramos que ha quedado probada la existencia de relaciones sexuales consentidas en todas las ocasiones, que no hay prueba de lesiones causadas por él, y que la versión acusatoria no cuenta con más fuente de prueba directa de los hechos que la testifical de la denunciante, que no es suficiente”, concluyó la Audiencia Provincial.