Diario de Castilla y León

SUCESOS

Seis años por encerrar a su expareja en el maletero de su coche en León

Además de la pena deberá indemnizar a la víctima con 32.613€ por las lesiones sufridas y 25.439 por daños morales

Audiencia Provincial de León

Audiencia Provincial de LeónICAL

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Diario de Castilla y León | El Mundo
Valladolid

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha condenado a seis años de prisión al hombre acusado de encerrar a su expareja en el maletero de su coche en León, tras el acuerdo alcanzado entre Ministerio Fiscal, Defensa y acusación particular antes de la celebración de la vista.

De esta manera, el tribunal ha condenado al hombre a cuatro años y medio de privación de libertad por un delito de detención ilegal y a un año y medio más por un delito de conducción temeraria en concurso con un delito de lesiones imprudentes".

Además de esta pena, el acusado tendrá que indemnizar a la víctima con 32.613 euros por las lesiones sufridas, y 25.439 euros por daños morales. También deberá abonar a la Gerencia Regional de Salud otros 802 euros por la asistencia médica prestada.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que en el mes de julio de 2022, el individuo que contaba con antecedentes penales, encontró a la que era su expareja en un local de ocio nocturno de León.

En ese momento decidió dirigirse a las inmediaciones su domicilio para esperar a que ella regresara. Al interceptarla, el sujeto inició una discusión con la misma, "a pesar de las reiteradas manifestaciones de que no quería hablar con él por parte de la mujer".

Tras la negativa de entablar una conversación, el ahora condenado decidió introducirla por la fuerza en el maletero de su vehículo y le quitó el teléfono móvil para que no pudiera comunicarse con nadie.

La Audiencia Provincial de León reconoce como hechos probados que el acusado se subió a su vehículo y condujo por la ciudad de León, y sus inmediaciones con la víctima en el interior de su maletero "alrededor de 30 minutos a pesar de que la perjudicada daba golpes, con el propósito de salir".

La sentencia indica que "en un momento dado", la mujer consiguió accionar una palanca y plegar los asientos traseros del vehículo. Tras percatarse de ello, el hombre aceleró el vehículo, "con total inobservancia a las normas de seguridad del tráfico" para frenar "bruscamente" y provocar que esta se empotrara contra el salpicadero del coche.

Un vez transcurrida la media hora en la que el procesado circuló por las calles de la capital leonesa, se dirigió hacia su domicilio particular y obligó a la que era su expareja a acceder, a pesar de la insistencia en que la llevara al hospital para tratar las heridas producidas por el frenazo. Finalmente, la perjudicada logró salir del inmueble y se dirigió a una gasolinera cercana, donde pidió auxilio.

Para el tribunal no ha quedado acreditado que el condenado incurriera en un delito de revelación de secretos por acceder al contenido del teléfono de la víctima ni que aprovechara que tenía en su poder el terminal y que conocía la clave de desbloqueo.

Aparte de las ya mencionadas penas, el individuo enjuiciado tendrá que asumir dos tercios de las costas judiciales generadas durante el proceso así como la misma proporción de las costas de la acusación particular.

Contra la condena, y en base la conformidad prestada por el acusado y su letrado, cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) si la dictada no respetara los acuerdos de la conformidad.

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