ESCLEROSIS LATERAL AMIOTRÓFICA
Castilla y León, primera comunidad en implantar el grado III+ de dependencia
Familia adapta la normativa autonómica tras el desarrollo de la Ley ELA que reconoce el Grado III+

Una persona en silla de ruedas en una imagen
Castilla y León se convierte en la primera comunidad en implantar el grado III+ dependencia por Orden reguladora, tal y como anunció esta mañana la vicepresidenta de la Junta de Castilla y León, y consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Isabel Blanco, durante la inauguración de dos unidades de convivencia en el Centro de Servicios Sociales La Fuencisla, en Segovia.
Publicado hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), Blanco explicó que el texto adapta la normativa autonómica de Servicios Sociales para reconocer las prestaciones económicas asociadas a este grado, para así cumplir con lo establecido en la Ley estatal mediante la que se pretende mejorar la calidad de vida de las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades complejas e irreversibles.
Este grado III+ está vinculado a aquellas personas con ELA en un estado avanzado, en la que ya tienen una dependencia completa para afrontar la vida cotidiana, y precisan de asistencia instrumental y personal permanentes debido a los problemas respiratorios y de disfagia. No obstante, también se incluyeron dentro de esta valoración a aquellos castellanos y leoneses con el grado III ya reconocido y que padecen otras enfermedades en fase avanzada e irreversible.
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Este grado se puede solicitar en la página web de la Junta y el procedimiento se tramitará con carácter prioritario. Si cumple todos los requisitos, se reconocerá el nuevo grado y la prestación económica vinculada a un servicio de asistencia personal o de ayuda a domicilio.
Se trata del Grado III+, que se incorpora al Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia y crea el derecho a una prestación económica de hasta 9.860 euros al mes. En concreto, el Gobierno de España aportará por cada paciente en el Grado III+ un total de 4.930 euros al mes, de modo que la Administración General del Estado cubrirá el 50 por ciento de la prestación máxima que podría requerir el paciente. Con esta prestación, se ofrecerá la ayuda que requieren estas personas para cuestiones tan básicas como respirar o comer, siendo apoyos imprescindibles sin los cuales habría un riesgo de muerte.
La orden de la Junta, consultada por Ical, añade un nuevo apartado en el artículo 4 para que “las personas con Grado III+ de dependencia extrema que no utilicen la prestación económica vinculada al servicio de ayuda a domicilio o la prestación económica de asistencia personal pueden acceder al resto de prestaciones previstas en las mismas condiciones que las personas con Grado III”. También, recoge que en el caso de personas con Grado III+ de dependencia extrema, la prestación vinculada solo podrá destinarse a los servicios de ayuda a domicilio y asistencia personal. Y que podrán recibir la prestación económica para un servicio individual de asistencia personal en el ámbito domiciliario y/o un servicio de ayuda a domicilio. “Esta prestación no puede destinarse a servicios prestados en centros residenciales, centros de día o en el marco de servicios de promoción de la autonomía personal”, señaló el Bocyl.
Además, el texto incluye que las personas que soliciten y obtengan el reconocimiento del Grado III+ de dependencia extrema podrán acceder a la prestación económica vinculada al servicio de ayuda a domicilio o a la prestación económica de asistencia personal. En caso de reconocimiento de oficio, los efectos de la prestación económica se reconocerán desde la fecha del acuerdo de inicio. Deja claro que no se podrá solicitar y obtener el Grado III+ sin tener previamente reconocido el Grado III. En este caso, la prestación reconocida se podrá destinar de manera simultánea o sucesiva a los servicios de ayuda a domicilio y asistencia personal.