Diario de Castilla y León

SANIDAD

Nuevo récord: casi 3.500 personas firman indicaciones para el final de su vida en Castilla y León

Los testamentos vitales crecen un 18% en 2024 

Desde 2008 suman 23.457, el 1% de la población

El nuevo formulario de Sacyl incluye epígrafes para eutanasia, sedación, cuidados paliativos, incineración o entierro

Pacientes acceden al Hospital Universitario de Burgos (HUBU).

Pacientes acceden al Hospital Universitario de Burgos (HUBU).Ricardo Ordóñez

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Valladolid

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Cada año son más las personas que se asoman al hipotético escenario de su propia muerte y deciden dejar por escrito cómo querrían pasar sus últimos días en caso de no poder expresarlo llegado ese momento. El año pasado 3.451 ciudadanos registraron su documento de instrucciones previas de Castilla y León, un trámite también conocido como testamento vital que consiste en suscribir por anticipado qué tratamientos o cuidados le gustaría recibir (y cuáles no) ante una enfermedad terminal e irreversible así como dar indicaciones sobre sus órganos o sobre el destino de su cuerpo al fallecer. La cifra es un 18% superior al de 2023. Y la mayor de la serie histórica para un año.

El registro, iniciado en 2008, reúne desde entonces la voluntad de 23.457 personas ante el final de su vida en un documento que puede ser modificado o revocado en cualquier momento. La tasa es de 11,4 ciudadanos por cada millar (el año pasado eran 9,8 por mil habitantes). Superan así ya el 1% de la población.

El aumento de documentos en el registro ya venía siendo progresivo cada año, como muestra el gráfico con la evolución de los documentos otorgados, consecuencia de una creciente autonomía del paciente ante el derecho a decidir sobre sus procesos asistenciales y de una mayor preocupación y autorresponsabilidad por los cuidados. Desde finales del año pasado, además, la extensión a los centros de salud y la simplificación de la tramitación electrónica facilita el acceso a este procedimiento.

Nuevo modelo

El nuevo decreto de la Junta entró en vigor en diciembre, sustituye a la anterior regulación de 2007, y conlleva una adaptación de las guías y formularios para asegurar una mayor claridad en los textos que recogen la voluntad de cada ciudadano y para la inequívoca interpretación de esos deseos por parte de los profesionales que deben aplicar esas pautas.

El nuevo modelo para firmar las instrucciones previas, por ejemplo, incorpora de forma expresa un epígrafe para la eutanasia, según lo establecido en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, que regula en España esta prestación. A través del testamento vital, el ciudadano puede pronunciarse de manera anticipada sobre la ayuda a morir en caso de cumplir con los supuestos clínicos contemplados en esa ley (sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento crónico e imposibilitante según lo establecido en la normativa).

Ni esa casilla ni ninguna otra es obligatorio rellenarla. El firmante puede dejar una o varias en blanco.

El nuevo formulario –que es un modelo orientativo– resulta más profuso en los aspectos sobre los que el paciente puede pronunciarse y añade acotaciones para facilitar su comprensión y la decisión informada. Añade así un epígrafe específico para la sedación paliativa, que el paciente puede rechazar o aceptar para aliviar el sufrimiento disminuyendo el nivel de consciencia. Otros apartados permiten decidir sobre los cuidados paliativos, sobre la aplicación de medidas artificiales de soporte vital, la admisión de procedimientos invasivos para prolongar la supervivencia o, por el contrario, la limitación del esfuerzo terapéutico. En cuanto a la alimentación, en caso de perder la capacidad de tragar o deglutir, el paciente puede decidir si quiere que se le administre alimentación artificial o forzada.

Otro bloque recoge instrucciones sobre la donación de órganos y tejidos, para trasplantes o con fines de investigación. Como novedad, el nuevo modelo incorpora un apartado para plasmar su deseo después de morir. «Si se produce el fallecimiento, en cuanto al destino de mi cuerpo, deseo: enterramiento, incineración, donación del cuerpo para la investigación y/o docencia». Y añade también un espacio para redactar «otras decisiones a tener en cuenta» tras el fallecimiento.

Valores personales

Por último, el formulario incorpora un apartado para expresar los «valores personales y forma de pensar» del firmante, «para facilitar la interpretación de estas instrucciones». Ahí, el ciudadano puede marcar una o varias afirmaciones que considere importantes de la siguiente lista: «mantener mi supervivencia todo el tiempo que sea médicamente posible, aún en ausencia de capacidades, físicas e intelectuales, mantener un cierto nivel de calidad de vida y no sólo alargar el tiempo de supervivencia, tener capacidad de comunicarme y relacionarme con otras personas, conservar mi independencia funcional sin que necesite ayuda de otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria, no suponer una carga para los demás, y en particular para las personas de mi entorno, no tener dolor o sufrimiento continuado, ya sea físico o mental, y tener la compañía de mis seres queridos en mis últimos momentos de vida, si ello es posible,

Al final, un hueco en el folio deja espacio para expresar «otros valores personales o espirituales».

Mujer y 60 años

El último balance anual muestra que son, de nuevo, muchas más mujeres que hombres las que firman estos testamentos vitales. Casi el doble. El año pasado, 2.252 ciudadanas y 1.199 ciudadanos registraron sus instrucciones.

Por edades, la media es de 60,8 años. Y los datos acumulados del registro revelan que esa brecha entre hombres y mujeres se incrementa en los grupos etarios centrales (la proporción se llega a duplicar entre personas en la cuarentena, cincuentena y sexagenarios).

Ante la administración

Cualquier ciudadano mayor de edad puede dejar por escrito sus voluntades anticipadas. Para formalizar el documento existen tres vías de registro. La más común –utilizada por el 76%– es ante personal designado por la Consejería de Sanidad. Otra posibilidad es hacerlo ante tres testigos mayores de edad y con capacidad de obrar (de los cuales dos, como mínimo, no deben tener relación de parentesco hasta el segundo grado ni tener relación laboral, patrimonial, de servicio u otro vínculo obligacional con el otorgante), opción escogida por el 12,3% el año pasado. La tercera posibilidad es hacerlo ante notario (otro 12,1%).

En números absolutos, de los 3.451 documentos inscritos en 2024, los formalizados ante personal al servicio de la Administración fueron 2.610 (aumentan un 28,3%), ante testigos otros 424 (crecen 5,5%) y 417 ante notario (disminución del 12,4%).

Por provincias

El número de documentos aumentó el año pasado en todas las provincias excepto en Palencia y Zamora, con disminuciones del 28% y 5%, respectivamente. Mientras, los mayores incrementos, se computan en Segovia (44%), Valladolid (41%) y León (32%)

Respecto a la población mayor de edad, son las provincias de Salamanca (con 13,2) y Valladolid y Burgos (ambas con 13,1,) las que tienen un mayor número de documentos de instrucciones previas inscritos por cada 1.000 habitantes.

El documento de instrucciones previas debe contener indicaciones sobre los cuidados médicos y/o sobre el destino del cuerpo o de los órganos una vez llegado el fallecimiento. En 2024, la mayoría de los documentos recogían de manera conjunta instrucciones para ambas cosas (casi el 87%). El 13% sólo hacía referencia a los tratamientos y un único documento registrado en 2024 recogía únicamente instrucciones sobre cómo actuar al fallecer.

Centros de salud

Hasta ahora, sólo existían unidades habilitadas para formalizar los testamentos vitales en las capitales de provincia y en Aranda de Duero, Miranda de Ebro y Ponferrada, pero ya se han extendido a algunos centros de salud para garantizar que cada área de salud de Castilla y León dispone de un lugar para suscribirlo. La Consejería de Sanidad justifica esta ampliación de la red porque «más de un 30 % de las solicitudes provienen del medio rural». Durante el año pasado dio formación y nombró a más 150 profesionales, «fundamentalmente enfermeras y trabajadores sociales», que se han sumado a los funcionarios que se encuentran en las gerencias de Sacyl en cada provincia, ante los que también se puede seguir realizando este trámite.

El decreto regula, además, la incorporación del documento de forma automática a la historia clínica electrónica del paciente en la Gerencia Regional de Salud, de manera que permita su consulta en cualquier centro de salud u hospital.

Otra de las novedades es la mejora de la accesibilidad al registro a todos los profesionales de enfermería colegiados en Castilla y León, en su condición de responsables del plan de cuidados de los pacientes. La profesión enfermera se sumó así el año pasado a la médica, que ya previamente tenía acceso a dicho registro.

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