Diario de Castilla y León

Récord de testamentos vitales en Castilla y León: crecen un 66%

La eutanasia, la pandemia y un mayor conocimiento de este derecho elevan la cifra, con 2.917 nuevos en 2023 / Uno de cada cien ciudadanos ha registrado indicaciones para el final de su vida / El perfil, mujer de 60 años

Una imagen de archivo de un anciano.

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Eshter Neila | Valladolid
Valladolid

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El número de testamentos vitales ha ido creciendo de forma paulatina en las últimas dos décadas pero el año pasado dio un salto notable: se firmaron 2.917 documentos nuevos en 2023, un 66% más que el año anterior. Encontrar una explicación a ese incremento, es difícil. «Como suele decirse en medicina, puede obedecer a factores multicausales», responde José Miguel García Vela, uno de los médicos de Sacyl habilitados para el registro de las instrucciones previas, que así se llama formalmente el trámite por el que un paciente deja por escrito cómo le gustaría ser tratado cuando se acerque el final de su vida en caso de que no pueda tomar decisiones o verbalizarlas llegado ese momento. 

La entrada en vigor de la ley de la eutanasia en el año 2021, una mayor  responsabilidad y preocupación por la propia salud y los cuidados a raíz de la pandemia así como el creciente conocimiento de este derecho pueden explicar el aumento del registro, que ha batido su récord en varias autonomías españolas. 

En total, desde 2008 se han registrado en Castilla y León 20.006 testamentos vitales (59 han sido revocados después por el paciente y otros 1.894 han sido suprimidos de oficio del registro al fallecer la persona). La proporción, en función de la población, es de 9,8 personas por cada 1.000 habitantes, según el informe anual publicado por Sacyl. Es decir, casi uno de cada cien castellanos y leoneses ha plasmado sus preferencias en caso de padecer una enfermedad o lesión grave e irreversible que le impida expresarlas en el futuro. 

«Sólo entra en vigor cuando la persona no puede tomar decisiones» y ante situaciones concretas como un estado vegetativo persistente, tumores malignos diseminados por el cuerpo, pakinson, ELA, demencias, enfermedades en fase avanzada o en situación terminal, enumera el facultativo de Valladolid. Ante ese hipotético escenario, una persona decide «qué tratamiento quiere y cuál no quiere», conforme a «los valores de cada uno». La reanimación, la alimentación artificial, medicaciones extraordinarias, pautas paliativas o la sedación son algunas de las posibilidades sobre las que el firmante debe manifestarse, para que los médicos apliquen sus deseos. Cuenta García Vela que el testamento vital incluye decisiones «muy trascendentes» y que las personas que acuden a formalizar el documento lo tienen «muy estudiado» y toman la decisión «libres, con capacidad de obrar y habiendo recapacitado».

Desde 2021, también se incluye el derecho a solicitar la prestación de ayuda para morir mediante eutanasia. La Ley 3/2021, de 24 de marzo, regula la posibilidad de solicitar expresamente esta ayuda en el documento de instrucciones previas o testamento vital, para que el facultativo responsable de la asistencia sanitaria conozca el deseo de su paciente «cuando esté en una situación de incapacidad de hecho, en la que carezca de entendimiento y voluntad suficientes para tomar decisiones de forma autónoma, plena y efectiva por sí mismo». 

Por provincias

En comparación con el año anterior, el número de documentos aumentó en 2023 en todas las provincias. Soria es donde más crecieron, al duplicar los registros en un año (un 100% exacto), seguida de Zamora y Salamanca (ambas con un 81% más). 

El incremento rozó el 73% en Palencia y el 71% en Segovia. Le siguen Valladolid (60%), Burgos (58%), León (54%)  y Ávila (52%). En cifras absolutas, el año pasado se registraron 123 testamentos vitales en Ávila, 458 en Burgos, 423 en León, 228 en Palencia, 552 en Salamanca, 144 en Segovia, 126 en Soria, 663 en Valladolid, 158 en Zamora o 42 procedentes de otras autonomías. 

En relación a su población, Burgos es donde mayor proporción de testamentos vitales se han registrado en todos estos años. Su tasa es 11,6 por cada 1.000 habitantes, situándose por encima de Valladolid y Salamanca, con una tasa de 11 y 11,1 registros por cada mil personas mayores de dieciocho años, respectivamente. 

Existen tres vías para formalizar este trámite: ante notario, ante tres testigos o ante personal al servicio de la Administración. Esta última es cada año la opción más utilizada:el año pasado, casi el 70% (2.039 de los 2.917 documentos inscritos) se tramitaron ante empleados públicos. Le siguen los 476 documentos que se formalizaron ante notario (16,3% del total) y los 402 formalizados ante testigos (13,8%).

Con respecto al año anterior, se ha incrementado el número de documentos de instrucciones previas en las tres modalidades de formalización: ante testigos (aumento del 75,5%), ante notario (73,1%) y ante personal al servicio de la Administración (63,3%). 

En todas las provincias existe al menos un punto de la administración autonómica para formalizar este trámite. Es posible que en los próximos años aumente el número de registros, en concreto ante funcionarios públicos, dado que la Junta trabaja en un nuevo decreto que, entre otras cosas, contempla la creación de una unidad en todas las provincias de Castilla y León para que los usuarios de Sacyl puedan registrar su testamento vital «con el objetivo de hacer más accesible este derecho de los pacientes». 

Tratamientos y órganos 

El testamento vital es un documento en el que una persona deja por escrito qué cuidados o tratamientos médicos aceptaría o rechazaría si se enfrentara a determinadas situaciones clínicas, en general con un pronóstico irreversible y que evolucionará hacia la muerte en un periodo más o menos cercano. Además, también puede incluir indicaciones sobre el destino del cuerpo o de los órganos una vez llegado el fallecimiento.

De los documentos registrados en 2023, la mayoría recogen de manera conjunta instrucciones tanto en relación a los cuidados como al destino de los órganos o cuerpo. En concreto, figuran ambas disposiciones en 2.524 documentos, el 86,5% del total.

En otros 390 de los documentos inscritos (13,4% del total), únicamente se hace referencia a los cuidados y tratamientos médicos como, por ejemplo, que no se apliquen técnicas sanitarias o tratamientos que prolonguen artificialmente la vida cuando a juicio del médico no haya expectativas de recuperación, o que se adopten las medidas necesarias para paliar al máximo el sufrimiento, pero sin mención a instrucciones relativas al destino de cuerpo ni de órganos. Y por último, existen tres documentos registrados en 2023 en los que solo se recogen instrucciones sobre cómo actuar al fallecer, bien en relación con el destino de los órganos (por ejemplo, el deseo de donarlos para trasplantes, donar el cerebro para la investigación, etc.), o bien con respecto al destino del cuerpo.

«Esta distribución es similar en el acumulado de todos los documentos inscritos desde el año 2008, en los que el 81,2% recogen instrucciones en ambos sentidos, el 18,6% sólo sobre los cuidados y tratamientos, y el 0,2% recogen indicaciones únicamente en relación con el destino del cuerpo o de los órganos», explica el informe anual de la Consjería de Sanidad. 

Cada año, más mujeres

Año a año, desde 2008, hay más mujeres que hombres entre las personas interesadas por ejercer este derecho. Del total de documentos inscritos en el registro en los últimos 16 años, 64,6% lo firman mujeres (12.927)  y el 35,4% restante son hombres (7.079). En el año 2023 se inscribieron 1.896 nuevos documentos de mujeres (65%) y 1.021 de hombres (35%)

«La mujer suele tener más determinación, más capacidad para tomar decisiones, se enfrenta mejor al final de la vida», sostiene García Vela. 

Esa brecha entre géneros es mayor en los tramos de edad centrales (personas en la cincuentena, sexagenarios o septuagenarios), donde la proporción de mujeres llega a duplicar la de hombre. La diferencia es  menor entre los más jóvenes y también entre los más ancianos.   

Esas tres décadas de edad (50, 60 y 70) son también las que reúnen el mayor número de registros:la edad mediana de las personas que por primera vez otorgan sus instrucciones previas es de 62 años. 

Así, la tasa más elevada se sitúa en personas de entre 60 y 69 años (21,5 mujeres y 13 hombres por cada mil), seguida del tramo 70-79 años (16,2 mujeres y 11,4 hombres por cada mil) y 50-59 (con tasas de 17,5 entre mujeres y 8 entre hombres).

Por provincias, los otorgantes con menor media de edad proceden de León (con 59,3 años) y (Ávila con 60,1 años). Los que presentan una media de edad superior proceden de Salamanca con 62,7 años. 

Se puede sustituir 

Las personas que tienen otorgado un documento de instrucciones previas pueden, en cualquier momento, sustituirlo de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa vigente. En este sentido, desde la puesta en marcha del registro, los otorgantes han solicitado la sustitución de un total de 803 documentos, y de ellos 231 documentos sólo en el año 2023.

También pueden revocar su documento y dejarlo sin efecto. Así, desde el año 2008 se han revocado 59 documentos, de los cuales 4 han sido revocados en el año 2023.

Nuevo Decreto 

El proyecto de decreto ‘por el que se regula el procedimiento de formalización de instrucciones previas en el ámbito sanitario y la organización y funcionamiento del registro de instrucciones previas de Castilla y León’ se sometió a información pública el pasado mes de septiembre. El futuro decreto sustituirá el actual 30/2007, de 22 de marzo y regulará el contenido y el procedimiento de las instrucciones previas, «fortaleciendo el otorgamiento ante el personal al servicio de la Administración y facilitando así el ejercicio de este derecho». 

La actualización normativa organizará el Registro de Instrucciones Previas de Castilla y León haciéndolo «más accesible a la ciudadanía mediante la creación de Unidades Habilitadas del Registro, al menos una por provincia» y «la garantía del cumplimiento de las instrucciones previas otorgadas permitiendo el acceso a éstas a todo el personal responsable de la asistencia sanitaria, tanto médico como de enfermería, en aquellas situaciones en que sea necesario tomar decisiones clínicas y el otorgante se encuentre imposibilitado para expresar su voluntad». 

Además, «incorporando los medios electrónicos tanto para la formalización e inscripción de las instrucciones previas como posteriormente para el acceso a su contenido a través del Registro», por ejemplo, incluyendo en la Carpeta del Paciente de Sacyl «el acceso al registro de instrucciones previas. 

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