Diario de Castilla y León

Castilla y León permite comer y beber en los recintos deportivos

La Junta actualiza la normativa Covid, que permite desde este viernes día 1 el consumo de comida y bebida al público asistente a las actividades deportivas

PHOTOGENIC/MIGUEL ÁNGEL SANTOS. VALLADOLID. 24/1/2020. 
 Polideportivo Pisuerga. BALOncesto Liga LEB-Oro. Carramimbre-Canoe

PHOTOGENIC/MIGUEL ÁNGEL SANTOS. VALLADOLID. 24/1/2020.  Polideportivo Pisuerga. BALOncesto Liga LEB-Oro. Carramimbre-Canoe

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Redacción
Valladolid

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El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobaba este jueves la actualización de la normativa preventiva frente a la Covid y autoriza el consumo de alimentos y bebidas en recintos deportivos . En concreto, el acuerdo recoge una nueva actualización del régimen preventivo para todo el territorio nacional recogido por las 'Medidas para los eventos deportivos multitudinarios, incluidos los de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de Baloncesto', cuya entrada en vigor está prevista a partir de este 1 de abril y que fue aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en su última reunión celebrada.

En esta ocasión, la modificación se centra en la autorización del consumo y la venta de alimentos y bebidas en recintos deportivos, ya sean éstos abiertos o cerrados y cumpliéndose determinadas condicionantes. De esta manera, según recoge Europa Press, estos productos podrán ser expendidos durante los eventos deportivos siempre y cuando se garantice la sectorialización de los puestos de venta y la ausencia de aglomeraciones. Asimismo será posible el consumo de bebidas y alimentos distribuidos mediante sistemas de venta itinerante o portados por los propios espectadores , siempre que éstos permanezcan en sus localidades.

En cuanto a la asistencia de público, la Junta ha recordado que los aforos, tanto en instalaciones al aire abierto como en recintos cerrados, se sitúa en el cien por cien y, si no es posible la garantía de la distancia de 1,5 metros de seguridad interpersonal, es preciso el refuerzo del resto de medidas que componen este régimen preventivo para el conjunto del Sistema Nacional de Salud.

El acuerdo ahora aprobado y que recoge las directrices de obligado cumplimiento establecidas por el Ministerio de Sanidad mantiene, asimismo, la regulación vigente en lo referido a accesos, sectorización y movimiento de asistentes; al uso obligatorio de la mascarilla; prohibición de tabaco y productos relacionados; la ventilación de espacios interiores, insistiendo en la necesidad de aireación natural permanente y/o forzada; indicaciones sanitarias; sobre la información y señalización, limpieza, higiene y desinfección; y respecto a la salud de los trabajadores implicados en estas actividades.

Su vigencia comenzará este viernes, 1 de abril, con su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, manteniéndose hasta que se produzca su modificación o pérdida de efectos.

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