SUCESOS
TSJ enmienda a la Audiencia de Soria y ordena repetir un juicio en el que absolvió a un acusado de agresión sexual
La Audiencia absolvió al acusado por falta de pruebas pero el TSJ advierte que no tuvo en cuenta la declaración de los agentes de la Guardia Civil que corroboran parte de la declaración de la víctima
La Sala de los Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) dictaminó hoy que el juicio contra un hombre acusado de sendos delitos de agresión sexual, leve de lesiones y de amenazas a una mujer que conoció en la denominada ‘Caravana del amor’ se deberá volver a celebrar con magistrados nuevos, por lo que anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria que absolvió al acusado.
El acusado y la denunciante se conocieron en la ‘caravana del amor’ donde se reunían solteros y solteras. El 29 de julio de 2021 ofreció a la víctima pasar unos días en su casa. La mujer viajó desde Madrid al pueblo del presunto agresor.
El acusado intentó con amenazas y vejaciones que la mujer intentara mantener relaciones sexuales con él. En la anterior sentencia se recoge que no quedó acreditado que el acusado le dijera a la víctima que dormía en una habitación contigua que “tendría que hacerse una paja".
Soria
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Diario de Castilla y León | El Mundo
“Igualmente, plantea que no había quedado probado que, por la noche de ese mismo día, el acusado llevase a unos amigos a casa, con los que se quedara bebiendo en el salón, ni que mantuviera con ellos una conversación, en la cual profiriese expresiones tales como: ”Tenemos un chocho en casa y no lo podemos catar, esta es una estrecha, ni fuma, ni bebe y no hay manera de echar un polvo”.
El último día que la mujer permaneció en casa, según su relato, el hombre se encontraba en la cocina de su casa pelando un conejo y se dirigió a ella con expresiones tales como “anda chocho vente paca, que tenemos que echar un polvo". Acto seguido le mostró un cuchillo y le amenazó con hacerle lo mismo que al conejo si llamaba a la Policía.
La Audiencia Provincial de Soria determinó, en su sentencia, que la víctima tampoco probó que el acusado, guiado con ánimo libidinoso y con la finalidad de satisfacer sus instintos sexuales, tocase a la víctima por encima de la ropa, la vagina, el culo, metiéndole la mano por el jersey, tirando del sujetador, para tocarle los pechos, rompiéndole el sujetador que llevaba, ni que la agarrase de los brazos, ni que le tirase del pelo, así como tampoco que la empujase con los puños cerrados, empotrándola contra la pared, y dándole una patada en la pierna.
Asimismo, el mencionado tribunal aludió a que la víctima dijo que sus gritos de auxilio los oyeron algunos vecinos pero ninguno fue a declarar como testigo.
El TSJCyL, sin embargo, rectifica a la Audiencia y expone que no tuvo en cuenta la declaraciones testificales de dos agentes de la Guardia Civil que intervinieron a raíz de la denuncia presentada que sí corroboran la versión de los hechos de la denunciante. Los guardias declararon que la víctima sí se encontraba en estado de agitación y que presentaba lesiones de reciente factura.
Además, encontraron un cuchillo en la casa con el que la denunciante afirma que fue amenazada, y un sujetador de la denunciante, roto, que confirma lo relatado por la misma acerca de que le fue arrancado o rasgado por el acusado en sus tocamientos". La sentencia ni siquiera razona o valora estos últimos elementos probatorios, las declaraciones de los Agentes de los Guardias Civiles y los citados hallazgos que se consignan en el atestado", indica la sala de lo civil y penal del TSJ. Contra la decisión de volver a celebrar un nuevo juicio no cabe recurso.