LA SOLANA
Mecanismo rural de garantía e igualdad
LAS CIUDADES avasallan al mundo rural. Incluso cuando los urbanistas se desplazan masivamente al campo en periodos vacacionales, ‘atropellan’ a los habitantes de los pueblos e incluso quieren imponer su ley, hasta el punto de intentar impedir que los gallos canten al amanecer o que repiquen las campanas. Lo de imponer la ley se puede aplicar también en sentido estricto, porque hay mucha legislación, y los ejemplos son variados, que, pensadas para las grandes urbes, se deben aplicar también en un entorno tan diferente como el rural. No hay más que hablar con alcaldes de pueblos para ver cómo son incapaces de solucionar los problemas de vivienda porque tienen que aplicar normas pensadas para las grandes concentraciones urbanas. ¿Se puede hacer algo al respecto? Sí, y no hay que inventar nada. La legislación española ya recoge, aunque sin desarrollar, el Mecanismo Rural de Garantía. Está en la ley de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado, como disposición adicional. Solo se dice que se «impulsará» dicho mecanismo. Es muy necesario. Seguramente, si hubiera existido al hacer las leyes sobre el lobo, el resultado habría sido distinto. O el mapa concesional del transporte público no habría desencadenado una oleada de protestas, como en Soria. Ese mecanismo, conocido en inglés como rural proofing, se crea en el mundo anglosajón, con Canadá como país pionero, y lo que busca es que las políticas públicas no perjudiquen al mundo rural, sino que contribuyan a su desarrollo. En definitiva, debe asegurar que toda la legislación contribuya a garantizar la igualdad entre los habitantes del mundo rural y de las ciudades. Hay diferentes niveles de aplicación. En los primeros países que se instauró consiste básicamente en un proceso de evaluación obligatorio de las políticas para ver si afectan al mundo rural y, si lo hacen, de qué manera y cómo se pueden evitar esos efectos negativos y perseguir otros positivos. Así, las leyes, y las políticas, pueden adoptar excepcionalidades en función del territorio o de la población. En Galicia lo han puesto en marcha muy enfocado al ámbito demográfico, dado el grave problema de envejecimiento de la población que tienen, sobre todo, en el mundo rural. Otras comunidades autónomas han legislado también sobre el mecanismo. En Canadá, en Inglaterra, en Escocia, Australia, Finlandia, Suecia... lo tienen muy regulado. La característica común es que hay organismos dedicados a evaluar las políticas y leyes para saber cómo afectan al mundo rural, con interlocución con los afectados. En algunos casos las competencias son solo consultivas y en otros con capacidad de decisión. La disposición adicional citada de la Ley 27/2022 española debe llevarse a la práctica, para dejar de, solo, hablar del mundo rural y empezar a actuar, de forma que la igualdad entre los habitantes de campo y la ciudad pueda empezar a ser una realidad. Sin actuar, será cada vez más ficticia.