Diario de Castilla y León

La Audiencia de León manda a la cárcel al ex concejal de Ponferrada condenado por maltrato y lesiones a su mujer

La sala considera que su estado de salud “no impide la medida adoptada” y establece un plazo de diez días para personarse en la prisión de Villahierro

El exconcejal Pedro Muñoz, antes de la última sesión del juicio, en una imagen de archivo. / ICAL

El exconcejal Pedro Muñoz, antes de la última sesión del juicio, en una imagen de archivo. / ICAL

Publicado por
Diego González
Valladolid

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La Audiencia de León acuerda la prisión provisional, comunicada y sin fianza del ex concejal de Ponferrada Pedro Muñoz,  con penas que suman  16 años y once meses de cárcel por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar, otros tres de maltrato en el ámbito familiar y uno por lesiones agravadas contra su ex mujer, Raquel Díaz , con los agravantes de parentesco y discriminación por razón de género.

El acusado deberá ingresar voluntariamente en el Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas en el plazo de 10 días tras considerar la sala que su estado de salud “no impide la medida adoptada”. La medida puede ser recurrida en un plazo de cinco días ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El auto dictado por la Sección 3 de la Audiencia considera que es “proporcional y necesario” acordar la prisión provisional de Pedro Muñoz, al que se halló culpable de un delito de lesiones agravadas , con las circunstancias agravantes de parentesco y discriminación por razón de género (12 años de cárcel), tres delitos de maltrato familiar (nueve meses por el primero, nueve meses por segundo y once meses por el tercero) y un delito de maltrato familiar habitual (dos años y medio de prisión) sobre su exmujer, a quien golpeó y arrojó por la terraza de su vivienda, causándole graves lesiones neurológicas que la hacen dependiente para las actividades básicas de la vida. 

En la sentencia, la Audiencia absolvió al encausado de delitos de homicidio en grado de tentativa, "por la concurrencia de la excusa absolutoria de desistimiento voluntario", también del delito de amenazas en el ámbito familiar y del delito leve de injurias en el ámbito familiar.

En concepto de responsabilidad civil derivada de los delitos cometidos, el condenado deberá indemnizar a la víctima con un total de 1.502.982,33 euros, así como la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros a su domicilio, centro de trabajo o cualquier otro lugar donde se encuentre, como tampoco comunicarse con ello por cualquier medio.

El texto determina que "el relato fáctico se ha configurado como suficiente para desvirtuar su presunción de inocencia» y alude al riesgo de que durante la tramitación de la causa «puedan darse situaciones que frustren la efectividad de una hipotética sentencia firme, como puede ser el riesgo de fuga, resulta comprensible si se tiene en cuenta la suma importancia de las penas privativas de libertad impuestas, casi 17 años de prisión". Apunta también que no se debe olvidar la necesidad que existe de proteger a una víctima que se encuentra en una situación de grave vulnerabilidad precisamente, como consecuencia de los hechos cometidos por el acusado y que, de encontrarse este en situación de libertad provisional, podría verse en peligro.

Con todo ello, Pedro Muñoz, que ingresó en prisión el 2 de junio de 2020 y fue puesto en libertad provisional el 25 de mayo de 2022, deberá ingresar voluntariamente en el Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas, en León, en el plazo de diez a partir de la fecha de notificación de la resolución pues, en caso contrario, se acordaría su detención para su ingreso inmediato.

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