Diario de Castilla y León

Las reformas de la plusvalía reducen un 30% los ingresos por este impuesto a los ayuntamientos de Castilla y León

Los municipios de la Comunidad pasaron de recaudar 70,2 millones en 2017 a 49,7 en 2020 / Las liquidaciones repuntaron ligeramente en 2021 hasta los y 53,3 millones, aun así un 24,12% menos que cuatro años antes 

Un joven muestra la llave de su vivienda frente a una promoción de adosados. PQS / CCO

Un joven muestra la llave de su vivienda recién adquirida frente a una promoción de adosados. PQS / CCO

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Santiago G. del Campo
Valladolid

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El año 2017 marcó un antes y un después en la recaudación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Iivtnu), más conocido como plusvalía municipal. La aplicación de la sentencia 59/2017 del Tribunal Constitucional y otras posteriores redujeron en un 30% la recaudación de este tributo en Castilla y León si se compara ese año con lo recaudado en 2020, al pasar de los 70.181.581 euros liquidados en 2017 a 49.672.289. Es la primera conclusión del informe presentado ayer por el Consejo de Cuentas de Castilla y León, que desvela también que este impuesto, que grava la revalorización de la cuota de suelo que corresponde a los inmuebles en una transmisión, está implantado en un 10% de los ayuntamientos de la Comunidad, un porcentaje que llega al 100% en los municipios mayores de 20.000 habitantes. Eso sí, esa comparación no tiene en cuenta que el 2020 fue el año Covid, con un descenso del 16,86% en el número de compraventa de viviendas en el conjunto de la Comunidad, desde las 42.876 del primer ejercicio a las 35.647 del segundo –eso sin tener en cuenta otro tipo de inmuebles–, debido a las restricciones de la pandemia. Todas las provincias cayeron en picado en compraventa de pisos, desde el -29,03% de Ávila al -3,73% de Zamora. En las mayores capitales como Valladolid, León o Burgos se transmitió la propiedad de un 13,04, un -14,49 y un -14,82% menos de viviendas.

Por eso la comparación entre las liquidaciones resultaría más correcta respecto a 2021, cuando se vendió un 12,96% más de viviendas que en 2017 hasta las 48.434. Pese a ese repunte, l a liquidación del Iivtnu cayó hasta los 53.256.035 euros, lo que sigue suponiendo una gran reducción respecto a la situación anterior, en concreto un 24,12% menos

Aproximadamente, el 10% de los ayuntamientos de Castilla y León liquidan este impuesto (más del 80% de los de más de 5.000 habitantes y el 100% en los de más de 20.000) y se reduce mucho en los menores de 2.000 . El tributo se vio marcado por la crisis económica de 2008 cuando las liquidaciones descendieron de 56,2 millones de euros en 2007 a 45,1 en 2008. En los años sucesivos se produjo una tendencia alcista hasta 2017, pasándose de 70,2 millones en dicho ejercicio a 49,7 en 2020, aproximadamente el 30% menos. De esta forma, el tributo redujo su peso relativo sobre el total de los impuestos locales del 9,2% al 7,1% (el IBI es el impuesto con mayor peso específico de los tributos locales, superando en todos los ejercicios el 50 % de los derechos liquidados).

Según la Cuenta General rendida por los ayuntamientos a 31 de diciembre de 2022, la liquidación de la plusvalía del ejercicio 2021 en Castilla y León aumentó hasta los referidos 53,2 millones, siendo las provincias de Valladolid, Salamanca y Burgos donde se registraron mayores ingresos, 12,3; 10,9 y 9 millones respectivamente. Los menores ingresos se dieron en Palencia, Soria y Segovia, con 1,1; 1,5 y 2,3 millones de euros respectivamente.

El informe analiza la evolución en la liquidación y recaudación del impuesto desde 2007 a 2021, comprobando el impacto de la crisis económica, y por otro lado constatando la incidencia de las sucesivas sentencias del Constitucional. La auditoría verifica asimismo si se ha producido la adaptación de las ordenanzas fiscales reguladoras de este impuesto, según lo dispuesto en la modificación del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (Trlhl). Con la referida sentencia del Constitucional se inició un proceso de revisión y cambio en el impuesto ya que declaró nulos de pleno derecho los artículos sobre la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto, en la medida en que se someten a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor. A esa sentencia le siguieron otras sin que el legislador estatal modificara la normativa hasta noviembre de 2021, dando lugar a dispares interpretaciones en vía jurisdiccional por parte de los tribunales de justicia.

Formalmente titulado Informe sobre el análisis del impacto en la situación económico-financiera del sector público local de Castilla y León de las reformas impulsadas por este tributo en la etapa 2017-2022 , el estudio sometió a auditoría a los ayuntamientos que liquidan el impuesto de plusvalía y, específicamente, la comprobación de la incidencia de las sentencias y la adaptación de las ordenanzas fiscales se realizó sobre una muestra representativa de 25 municipios.

Desde la primera sentencia del Constitucional (STC 59/2017) que declaró la inconstitucionalidad del tributo en los casos de transmisiones con pérdidas, hasta la STC 182/2021, declarando la inconstitucionalidad y nulidad de varios artículos de la Ley Reguladora de Haciendas Locales por vulnerar el principio de capacidad económica, emplazando al legislador a realizar las modificaciones legales pertinentes para adecuar la normativa reguladora del tributo a los principios constitucionales, ninguno de los 25 ayuntamientos auditados acordó expresamente la suspensión transitoria de la aplicación de la ordenanza reguladora del impuesto de plusvalía. Tampoco cambiaron en sistema de liquidación, salvo dos entidades, ni se emitieron instrucciones o circulares modificando la gestión (solo una lo hizo). Sin embargo, en el intervalo 2017-2021 algunos ayuntamientos, en todos los estratos de población, pese a no haber adoptado acuerdo expreso, sí que suspendieron transitoriamente la aplicación de la ordenanza, bien mediante la suspensión de hecho o no practicando las liquidaciones.

El número de liquidaciones pendientes de practicar en dicho intervalo fue destacable en los municipios más grandes, si bien, en los pocos casos en los que se ha podido cuantificar, la suspensión de liquidaciones corresponde a supuestos de acreditada inexistencia de aumento de valor, o plusvalía. Se cuantificaron los hechos imponibles generados en el conjunto de los 25 ayuntamientos de la muestra durante el periodo del 26/10/2021 (cuando se dictó la STC 182/2021) al 9/11/2021 (último día antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 26/2021) en un importe total de 2.458.490 euros, correspondiente a 2.841 transacciones que debido a dicha declaración de inconstitucionalidad no pudieron liquidarse y exigirse a los contribuyentes.

El Consejo de Cuentas realiza 7 recomendaciones; con carácter general, que los ayuntamientos deberían, a través de su ordenanza fiscal, adaptar lo previsto en la Ley General Tributaria a su régimen de gestión del tributo y de organización y funcionamiento interno, en particular en lo referido a los procedimientos de gestión y al de inspección. También que, ante supuestos que provoquen que por la vía de hecho se modifiquen aspecto de gestión de los tributos regulados en las ordenanzas vigentes, o se suspendan actuaciones conducentes a su liquidación, los ayuntamientos deberían acordarlo mediante acto administrativo, modificando transitoriamente las ordenanzas, o, subsidiariamente, a través de circulares o instrucciones de carácter interno que recojan la actuación administrativa.

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