Condenan a 31 años de cárcel a un hombre en Burgos por violar a los nietos menores de su pareja
El acusado, de 46 años, se ganó la «confianza» de los menores y amenazó a uno de ellos para que «no se lo contase a nadie»
La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a un hombre, vecino de Aranda de Duero, a 31 años de prisión por agredir sexualmente a dos menores, nietos de su pareja , durante al menos un año, entre 2020 y 2021. También se da por probada la comisión de un delito de maltrato en el ámbito familiar, penado con un año de de cárcel, hacia otra nieta de su compañera sentimental que se traduce en 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad y una orden de alejamiento durante dos años. Además, el Alto Tribunal también le impone una pena de 57 años de inhabilitación especial para el desarrollo de cualquier oficio o actividad que conlleve un contacto regular y directo con menores de edad.
El condenado, de 46 años, deberá también abonar 18.000 euros en concepto de indemnizaciones por los daños morales ocasionados a los dos menores y 300 por las lesiones físicas que provocó a uno de ellos. Cuando ocurrieron los hechos que la Audiencia da por probados, las víctimas tenían 8 y 11 años .
La primera agresión de la que se tiene constancia tuvo lugar durante el verano de 2020. El acusado, sin antecedentes penales previos y tras siete años conviviendo con su pareja, las hijas de ella y sus nietos, aprovechó su «posición de confianza» con uno de los menores, el mayor, «obtener una satisfacción sexual» . Después, el hombre aprovecharía que tanto su pareja como la madre de los niños trabajaban fuera de casa para ofrecerse como 'canguro' en el domicilio de una persona mayor para la que trabajaba como interno.
A partir de ahí, el condenado fue obligando al menor a realizar diversas prácticas que fueron a más , de ahí que se le acusase también de un delito de agresión sexual con penetración. Del mismo modo, intentó hacer lo mismo con el hermano de la víctima de manera explícita al menos en una ocasión, pero «el menor se negó».
Para evitar que las agresiones saliesen a la luz, el hombre le dijo al nieto mayor de su pareja que «no se lo dijese a nadie» porque «eran cosas de hombres», amén de amenazarle para que guardase silencio. Sin embargo, el menor acabaría contándole todo lo que había sucedido a su madre, relatando que si no lo había contado antes era por «miedo» a la «reacción» del acusado , ya que «le había agredido en algunas ocasiones». Nada más destapar todo lo que había vivido, acudió a Urgencias junto a su familia.
Otro de los hechos probados recogidos en la sentencia, relativo al delito de maltrato en el ámbito familiar, se remonta al año 2020. Ocurrió en el domicilio familiar durante una discusión del procesado con una de las hijas de su pareja. En un momento dado, la hija de esta mujer se interpuso entre ambos y el hombre «la empujó contra la pared levantando su mano con intención amenazante» aunque «sin llegar a agredirla».
A la hora de establecer el fallo, la Audiencia Provincial aplica la doctrina de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, popularmente conocida como la ley del 'solo sí es sí', que fija penas de entre uno y tres años de prisión contra quienes atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona «sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento». Asimismo, se deniega cualquier supuesto consentimiento por parte de las víctimas al ser menores de 13 años .