Diario de Castilla y León

TRIBUNALES

Condenado a 25 años de cárcel el entrenador de un equipo infantil en Ávila por agresión sexual a dos menores

Contactó con los jugadores de 14 años con un perfil falso en una red social, y los presionó para mantener relaciones en instalaciones del club, en otros locales y en viajes del equipo

Niños en un equipo de fútbol.

Niños en un equipo de fútbol.PXB / CCO

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Valladolid

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La Audiencia Provincial de Ávila ha impuesto 25 años de cárcel a un entrenador de fútbol de categoría cadete por dos delitos continuados de agresión sexual con acceso carnal a menores de dieciséis años. La pena impuesta, sumando las condenas individuales, asciende a 25 años de prisión. El condenado, que ejercía su función en una entidad deportiva de Ávila, fue hallado culpable de los hechos delictivos cometidos contra dos jugadores cadetes que estaban a su cargo durante la temporada 2021-2022.

La sentencia establece que el entrenador, nacido en 1968, identificado en la sentencia con el alias de 'Dionisio', se valió de su posición de superioridad y urdió una estrategia de engaño, creando perfiles falsos de mujer en la red social Instagram (con nombres ficticios) para contactar y establecer vínculos con los menores, de catorce años de edad en el momento de los sucesos.

En el caso de uno de los cadetes, el entrenador contactó con él por chat hasta que logró que los dos se masturbaran ante la cámara, sin mostrar él su cara ni desvelar su identidad. Continuó contactando con él por videollamada en más ocasiones, llegando a amenazarle de que si no lo hacía difundiría imágenes suyas de contenido sexual. 

En otra ocasión, antes de un partido de fútbol, le requirió para que se quedara a solas con él en el vestuario y le obligó a hacerle una felación, bajo el engaño de que era una tercera persona la que les obligaba a tener relaciones sexuales con la amenaza de difundir imágenes comprometedoras. El menor accedió a ello ante el temor a sufrir represalias. Después de este primer encuentro el entrenador consiguió verse más veces con el menor fuera de las instalaciones deportivas. Los encuentros consistían en felaciones mutuas y penetración anal del menor a 'Dionisio'.

El entrenador actuó de un modo similar con el segundo de los menores, con quien siempre tuvo encuentros fuera de las instalaciones del equipo, en un local de un pasaje comercial conocido en la capital abulense. El entrenador obligó al menor, incluso, a colocarse un pene de látex en la cintura antes de penetrarlo.

La conducta delictiva de 'Dionisio' fue evolucionando con la creación de un grupo de Instagram, a través del cual les exigía a los dos menores la realización de encuentros sexuales entre los tres, bajo la advertencia de divulgar entre sus familiares y entre sus amigos todo lo acontecido hasta ese momento si se negaban y valiéndose de su diferencia de edad y de su condición de entrenador. «Entre los meses de febrero y de julio del año 2022 'Dionisio' realizó actos sexuales con los dos menores de edad conjuntamente, sin que pueda precisarse el número de veces en que dichas prácticas tuvieron lugar pero que como mínimo pueden fijarse en tres o cuatro ocasiones», reza el texto de la sentencia. 

Los hechos probados determinan que las agresiones, tipificadas como dos delitos continuados de agresión sexual con acceso carnal por vía oral y anal, se perpetraron aprovechando la confianza y la relación de autoridad. Las agresiones tuvieron lugar en diversos entornos, incluyendo las instalaciones deportivas del club, como los vestuarios, o durante viajes realizados por el equipo.

La Audiencia ha aplicado el subtipo agravado del Código Penal por la edad de las víctimas, imponiendo la pena en su mitad superior. El fallo condena al exentrenador a doce años y medio de prisión por cada uno de los dos delitos continuados de agresión sexual.

Más allá de la pena de cárcel, la condena incluye la inhabilitación especial para cualquier profesión que implique contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior en diez años a la duración de la pena de prisión. Adicionalmente, se le impone la prohibición de aproximarse o comunicarse con las víctimas a menos de quinientos metros, también por un plazo extendido, y la medida de libertad vigilada posterior al cumplimiento de la pena.

En cuanto a la responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a cada una de las víctimas con 70.000 euros por el daño moral causado. Un punto relevante de la sentencia es que la entidad deportiva a la que pertenecía el condenado, junto con su aseguradora, han sido declaradas responsables civiles subsidiarias de las indemnizaciones.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de diez días siguientes al de la última notificación de la sentencia.

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