Diario de Castilla y León

El juzgado no da "ningún valor probatorio" al escrito anónimo del caso de las primarias del PP de Salamanca

El juez admite incluirlo en la causa al tratarse de "la mera unión de trámite de un escrito que, aunque anónimo, se deduce claramente que va dirigido a la presente causa"

Abogados y representantes del PP entran en el juzgado por el caso de las primarias.- ICAL

Abogados y representantes del PP entran en el juzgado por el caso de las primarias del partido en Salamanca.- ICAL

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Felipe Ramos
Valladolid

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Si acepta incluirlo en la causa, pero no le da valor probatorio alguno . El Juzgado de Instrucción número dos de Salamanca rechaza los recursos presentados por el presidente del PP y de la Diputación salmantina, Javier Iglesias, por la gerente del partido en Salamanca, Isabel Sanchez, y por el propio Partido Popular y permite la inclusión en la causa por la presunta financiación ilegal en las primarias del PP de Salamanca del escrito anónimo, que recibía el pasado día 22 de diciembre.

Eso sí, en su auto de cuatro páginas que acaba remitir el TSJ de Catilla y León, el titular del Juzgado de Instrucción número dos salmantino no da valor probatorio alguno al escrito anónimo . En el apartado primero de los fundamentos de derecho del auto el magistrado, después de indicar que "las alegaciones esgrimidas por las partes recurrentes en nada desvirtúan lo acordado en la Providencia recurrida de 3 de enero", razón por la que aclara que esa resolución "debe ser íntegramente confirmada, desestimando el recurso de reforma interpuesto, dado que el pronunciamiento se limita a unir a las actuaciones un escrito anónimo", señala que esto se hace "sin otorgar al referido escrito anónimo ningún valor probatorio, ni derivándose del mismo la práctica de actuación procesal alguna" .

La razón que esgrime el juez para tal afirmación se sustenta en el hecho de que "dado su carácter anónimo deviene imposible someterlo a ratificación ni a aclaraciones por el remitente desconocido, siendo igualmente imposible someterlo a contradicción ", puntualiza el auto.

El magistrado, además, indica que "ningún dato objetivo, ni objetivable aporta el referido escrito anónimo para el esclarecimiento de los hechos objeto de la presente causa". Ante esto, el auto concluye que "se trata de una mera unión de trámite de un escrito que, aunque anónimo, de su contenido se deduce que claramente va dirigido a la presente causa". Lo único que se limita a  hacer el Juzgado es la "mera unión" del escrito anónimo, que se enviaba desde Valladolid el pasado 21 de diciembre como se evidencia en el matasellos de la imagen que acompaña esta información, un día después de que el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, disolviera las Cortes y convocara elecciones, para ponerlo en conocimiento de las partes.

Frente a este auto, de fecha 20 de enero, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincia de Salamanca en el plazo de cinco días desde su notificación a las partes.

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