CONFLICTO JUDICIAL
Las campanas de la discordia en Ponferrada
El juez da la razón a un vecino de Ponferrada que denuncia 3 años de calvario porque "el nuevo párroco de San Ignacio elevó el toque de campanas"
El Obispado de Astorga, impasible, recurrirá, pese a que el sonido supera los decibelios permitidos por la ley

Campanario de la iglesia de San Ignacio de Loyola en el centro de la capital berciana.
«A campanazo limpio» dentro de tu propio salón. Como cañonazos. Así percibe un vecino de Ponferrada los ecos de las campanas de la iglesia de San Ignacio de Loyola. Vive a pocos metros de ese centro de culto que cuando llama a los fieles a él se le llevan los demonios. Una anécdota dirán algunos. Para nada: todo ha derivado en un juicio en el que los tribunales también han topado con una Iglesia que no quiere someterse a la Ley del ruido.
Un pulso entre el párroco de San Ignacio, que llama a la liturgia con el repique de campanas en el centro de Ponferrada, y un vecino que asegura que el volumen resulta «insoportable» desde, precisamente, la llegada de este sacerdote a la parroquia.
Ante la negativa de la Iglesia de atenuar el impacto sonoro, este berciano decidió recurrir a los tribunales y ahora se han pronunciado dándole la razón. Pero como si no. Ya van tres años de disputa en los que, al margen del pronunciamiento judicial y de los decretos del Ayuntamiento, no se ha conseguido ni acuerdo ni acatamiento.
La Diócesis de Astorga no se mueve de su posición: las campanas siguen sonando a los mismos decibelios que en los últimos meses, muy por encima de lo establecido por ley. Y el vecino continúa reclamando lo mismo: menos «ruido».
La Justicia ha decantado el pulso hacia el denunciante con una sentencia en la que obliga a la Diócesis de Astorga a rebajar el sonido a los límites que establece la Ley del Ruido... Pero en el terreno no ha cambiado nada y los ‘campanazos’ siguen retumbando en el interior de la casa de este hombre.
«Sufre una inmisión [agresión ambiental] acústica constante y excesiva desde 2022. Mi cliente siempre había convivido con el sonido de las campanas y no había pasado nada, era aceptable, pero cuando llegó el párroco actual hace tres años el volumen fue mucho mayor y el sonido interfiere en su vida diaria», explica María José Rodríguez, abogada y miembro de la asociación Juristas contra el ruido.
El juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Astorga dicta que el Obispado debe «adoptar medidas para limitar el impacto acústico y respetar los niveles permitidos por la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León» en una sentencia del 12 de mayo ante la que cabe recurso. En ella estima parcialmente la demanda presentada por este vecino «por las molestias causadas» y le impone a la Diócesis una indemnización de 1.000 euros «por los daños morales ocasionados al considerar acreditado un perjuicio real».

Campanario de la iglesia de San Ignacio de Loyola en el centro de la capital berciana.
Sin embargo, el enfrentamiento no está cerca de terminar, ya que el Obispado no cede, no acepta moderar el tañido y seguirá dando la batalla judicial en instancias superiores. La Iglesia se resiste a cumplir la normativa del ruido por entender, como ha sostenido durante el proceso, que el tañido de las campanas –declarado en 2022 por la Unesco como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad– está «exento de la regulación por encontrarse recogido en el derecho a la libertad religiosa protegido por la Constitución», tal y como manifiesta la abogada del demandante porque desde el Obispado declinan realizar cualquier valoración a este diario.
Lo único que sí confirma la Diócesis de Astorga es que todavía no se ha escuchado la última palabra sobre este conflicto judicial: «Está en manos de los servicios jurídicos de la Diócesis que sí que recurrirán la sentencia», se limitan a indicar desde el departamento de comunicación al ser preguntados por este periódico.
Pese a lo esgrimido por la Diócesis, «el juez afirma que el tañido de las campanas no se puede considerar una actuación ajena a la Ley del Ruido, ya que no es en sí mismo un derecho de las personas incluido dentro de la libertad religiosa y de culto consagrados en el artículo 16 de la Constitución», explica María José Rodríguez, que agrega que «la sentencia reconoce que el tañido de las campanas debe ajustarse a la legalidad si provoca molestias excesivas, y en este caso considera que es excesivo, repentino y constante, afectando al bienestar del vecino denunciante».
El juez concluye que «el tañido de las campañas supera ampliamente los límites legales de ruido vulnerando sus derechos fundamentales a la salud, intimidad e inviolabilidad del domicilio», señala.
Toda esta polémica no es nueva, comenzó hace ya tres años y el denunciante lo atribuye al cambio de párroco que habría «subido los decibelios del toque de campanas», según sostiene el afectado. María José indica que este hombre lleva viviendo desde 2009 en la misma casa, «sin que el sonido de las campanas causara ninguna molestia y fuera tolerable».
Expone que «hay dos usos, el horario cada 15 minutos que de las siete campanas tocan cinco, y el litúrgico, que son 5 o 6 toques diarios, tocan las siete y suena a campanazo limpio, a lo bestia».
Ante la incomodidad inicial, el primer paso fue trasladar la queja al Obispado «esperando que volvieran a la situación anterior», explica. Pero no recibieron acuse de recibo. «Nuestra intención fue llegar a un acuerdo, pero no pudo ser porque no se pudo dialogar. Antes de acudir a los tribunales, se dirigió amistosamente al Obispado de Astorga y al párroco con el fin de que conocieran el problema y moderaran el sonido», comenta la letrada.
La respuesta, esta vez, fue el silencio. «Por parte del Obispado como del párroco se ignoró la solicitud y no mostraron disposición a resolver el conflicto». Y empezó el tintineo de monedas perdidas por fieles y contribuyentes en gestiones y procesos.
Con esa puerta cerrada a cal y canto, y ante la persistencia de las molestias, el vecino decidió probar suerte en la casa de todos. En 2022 presentó una denuncia ante el Ayuntamiento porque era «insoportable», arguye. «La policía midió y vio que estaba muy por encima de los niveles legales» por lo que el Ayuntamiento de Ponferrada dictó un decreto ordenando al Obispado que adoptara medidas correctoras de ruido.
La reacción de la Iglesia entonces fue la de defender el tañido de campanas actual e impugnó ante el juzgado de lo contencioso administrativo el decreto, que estimó el recurso por un defecto de forma relativo al informe acústico de la policía local de Ponferrada al faltar la acreditación de verificación y calibración del sonómetro, aunque «no negó la obligación de respetar los límites legales de ruido».
Después, el Consistorio volvió a solicitar un nuevo informe acústico y dictó otro decreto de medidas correctoras, dando un plazo de un mes para su implantación, que fue desoído por el Obispado. Ante los infructuosos intentos por solventarlo a través del cauce municipal, acudió al juzgado, y los informes periciales aportados por este vecino durante el proceso, avalados por peritos del Laboratorio de Acústica Aplicada de la Universidad de León, suscriben que ese estruendo que el demandante manifiesta sufrir responde a «los niveles de inmisión sonora que incumplen claramente lo estipulado».
Las mediciones de los toques litúrgicos en el exterior de la vivienda registran 83 decibelios, frente al máximo permitido de 60, y en el interior de 64 cuando el límite es de 37. Los toques horarios los superan pero en menor medida.
«Supone una descarga de sonido súbita, que influye en el trabajo, en leer, en dormirte una siesta porque es un sobresalto muy fuerte. Depende de cada uno cómo le afecte, pero lo que es objetivo es el informe acústico, los decibelios a los que está expuesta esta persona son desproporcionados», señala María José Rodríguez, quien sostiene que esto ha repercutido en la salud de este vecino de Ponferrada. «El ruido es un veneno invisible. Le ha generado mucha ansiedad y lo pasa muy mal porque hablamos de unos niveles de ruido bestiales, una barbaridad».
En la zona las opiniones están divididas. Hay quien comprende a este usuario y quien sin embargo no comparte su posición. Ante esta división, la abogada subraya que «no pretende apagar las campanas, ni silenciarlas, sólo moderarlas, que bajen un poquito el volumen, la presión, para que esta persona pueda estar en su casa como ha estado siempre en un rango tolerable».
Reconoce que «su sonido forma parte del paisaje sonoro de los pueblos y ciudades», pero mantiene que resulta «preciso conciliar este valor patrimonial con el derecho al descanso y a la intimidad de los ciudadanos, derechos cuyo valor prevalente es amparado por nuestros tribunales».
En medio de este conflicto en el corazón del Bierzo, y en sintonía plena con la Diócesis, tampoco desde la parroquia de San Ignacio de Loyola son muy abundantes en palabras. El secretario de la parroquia indica únicamente que «el volumen de las campanas no se puede regular. Las campanas no son un transistor al que se le puede subir o bajar el volumen». Y agrega que están a expensas de lo que el Obispado les ordene: «Haremos lo que nos digan».
Desde el Ayuntamiento, el concejal de Seguridad Ciudadana, Carlos Cortina, asegura que respetan «la decisión judicial». «Creemos que debe convivir todo el mundo, la llamada al culto y el derecho de los vecinos al descanso. El Ayuntamiento no puede estar en otra línea que no sea la de que se cumpla la Ley del Ruido para una buena convivencia y la Iglesia debe hacerlo igual que cualquiera», sostiene.
Mientras se escribe el nuevo capítulo judicial que aborde el conflicto del toque de campanas de San Ignacio, cada vez que haya llamada para misa en la parroquia en la casa de al menos este vecino se hará notar.