SECUELAS DEL PREGÓN DE 2023
Burgos indemniza con 8.200 euros a una periodista herida en el chupinazo fallido
El Ayuntamiento acepta resarcirla por las lesiones sufridas el 23 de junio de 2023 en la plaza Mayor, cuando el cohete rebotó en la tarima de la prensa
Momento en el que explota el chupinazo de las fiestas de Burgos en la tribuna de prensa.
El Ayuntamiento de Burgos indemniza con más de ocho mil euros a una periodista de la ciudad por las lesiones ocasionadas durante el fallido chupinazo de las fiestas de 2023, cuando el cohete rebotó en la fachada del edificio consistorial e impactó de inmediato en la tarima habilitada enfrente para los medios de comunicación. La informadora presentó hace casi dos años una reclamación de responsabilidad patrimonial pidiendo ser resarcida por los daños y perjuicios sufridos aquella tarde del 23 de junio y el consistorio le ha reconocido ese derecho a una compensación económica.
En concreto, la resolución municipal acepta íntegramente la pretensión de la reclamante, que cifró en 8.263 euros la indemnización correspondiente en este caso, cuantía que ni el Ayuntamiento de Burgos ni el Consejo Consultivo discuten tras evaluar el caso, según consta en el dictamen recién emitido por este órgano.
Once días después del accidente, la periodista presentó su reclamación, iniciando el procedimiento patrimonial. Denunció así que había resultado «afectada por la expansión del chupinazo» cuando cubría el evento del pregón y posterior lanzamiento pirotécnico que da inicio a las fiestas patronales de la ciudad, desde la tarima reservada para los medios de comunicación en la plaza Mayor.
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Las crónicas de aquel día recogen que no hubo que lamentar heridos graves, aunque algunas personas fueron atendidas por lesiones leves por el personal sanitario de Cruz Roja. En las fotos tomadas por los reporteros puede verse el agujero que dejó el cohete en la tarima habilitada para los informadores.
En su reclamación, la periodista aportó diversa documentación clínica, como el justificante de la asistencia de urgencias donde consta como diagnóstico el «trauma acústico» sufrido en el oído derecho así como diversos informes médicos fechados en meses posteriores y también una evaluación pericial de los daños.
Desde el primer momento, el Ayuntamiento de Burgos reconoció la procedencia de estimar la reclamación, cuya resolución se ha demorado durante más de veinte meses por un fallo de forma en la tramitación del expediente.
Así consta en el dictamen emitido hace unas semanas por el Consejo Consultivo, cuyo pronunciamiento es obligatorio cuando la cantidad reclamada a una administración local supera los 3.000 euros. El caso llegó el pasado mes de noviembre al órgano consultivo, que tiene su sede en Zamora, pero inadmitió el caso en un primer momento porque faltaba «el informe del servicio cuyo funcionamiento haya causado la lesión indemnizable», como establece la ley.
Con posterioridad, se incorporó al expediente «un informe del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios del Ayuntamiento, de 7 de febrero de 2025, un informe del responsable de Protección Civil del Ayuntamiento, de 10 de febrero de 2025, y un informe de la Policía Local de 20 de febrero de 2025, al que se adjunta el parte del accidente».
El parte policial, reproducido en el dictamen del Consultivo, identifica a la mujer como una de las perjudicadas aquel día de inicio de las fiestas patronales en una plaza ocupada por ciudadanos y peñistas para asistir al tradicional chupinazo desde el balcón de la casa consistorial, donde se encontraban diversas autoridades, entre ellas la propia alcaldesa, la 'popular' Cristina Ayala, así como el resto de miembros de la corporación municipal y otras autoridades.
Una vez concluido el pregón de fiestas protagonizado por miembros de la Hermandad de Peñas y de cantar el himno a Burgos, «se desarrolla el acto protocolario denominado chupinazo, que consiste en el lanzamiento de un cohete por parte de la regidora municipal, momento en el cual, el artículo pirotécnico impacta con la parte superior de la fachada principal del ayuntamiento, desviándose la trayectoria, impactando y explosionando en el estrado habilitado para los miembros de la prensa», relata el parte.
El acta policial constata, además, que «no existió negligencia o descuido de la reclamante, que era periodista, ya que se encontraba presenciando el acto en el lugar habilitado para los miembros de la prensa».
En este contexto, el 26 de febrero de 2025 el Ayuntamiento formula propuesta de resolución estimatoria de la reclamación, en la que se reconoce a la interesada una indemnización de 8.263,26 euros, lo que supone estimar íntegramente la pretensión de la interesada, un criterio que el Consejo Consultivo también comparte al considerar correcta la valoración, como procede en estos casos, conforme a los baremos establecidos para accidentes de tráfico.
En sus consideraciones, el Consultivo se apoya en el criterio jurisprudencial del Tribunal Supremo y cita sentencias que avalan la obligación de los Ayuntamientos de «extremar su responsabilidad para prevenir acontecimientos luctuosos y, por ende, a responder patrimonialmente cuando las medidas adoptadas se han revelado ineficaces» durante fiestas populares en las que «concurren especiales elementos de riesgo». Un riesgo, que un ayuntamiento puede asumir si lo ve necesario «para mantener una determinada tradición» sin que ello le exima «en ningún caso de asumir también una eventual responsabilidad por los daños que puedan derivarse de esa actividad que organiza y patrocina».