Diario de Castilla y León

VIOLENCIA DE GÉNERO

Castilla y León destina 2,5 millones a plazas de acogida a víctimas de violencia de género

Abre una licitación para contratar estancias concertadas por un periodo de tres ejercicios a 7.608€ anuales por unidad tras consignar a principios de año otros 3,4 millones para centros de emergencia

Manifestación por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer en León.ICAL

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Valladolid

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Garantizar un lugar seguro para vivir a las víctimas de violencia de género una vez han superado el escenario de las agresiones. Es decir, una vez han dado el paso a un cambio radical de forma de vida. Es el objetivo de las plazas concertadas en centros de acogida que sufraga la Junta de Castilla y León, para las que acaba de abrir la licitación pública.

La Administración autonómica destinará 2,5 millones de euros para cubrir tres ejercicios, a 7.608 euros anuales por plaza, o bien 9.000 si se trata de servicios especializados –estos últimos, destinados a atender a mujeres especialmente vulnerables por razón de discapacidad por enfermedad grave o trastornos por consumo de drogas–.

No es la primera vez que la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través de la Gerencia de Servicios Sociales, contrata en 2025 plazas en centros de atención a estas víctimas. El pasado mes de enero contrató un nuevo periodo de tres años para atención residencial a víctimas de violencia de género no en centros de acogida, como la actual, sino en centros de emergencia de Castilla y León.

Se trata de centros que atienden a las víctimas en los primeros días tras la salida de su hogar, con unas características especiales, de tal manera que cada plaza le cuesta a la Administración un total de 17.508 euros al año. A esta contratación destinó la Junta 3.414.060 euros para los ejercicios 2024, 2025, 2026 y enero de 2027.

Volviendo a la licitación actual, la de los centros de acogida y/o servicios especializados, los 2.525.688 euros presupuestados se dividirán en cuatro ejercicios: del 15 de mayo hasta el final de 2024 (456.027€), los años 2025 y 2026 completos (841.896€ cada año) y del 1 de enero al 15 de mayo de 2027 (385.869€).

El servicio que contrata Familia en esta convocatoria es el de atención, en centros residenciales en Castilla y León, a víctimas de violencia de género «que contemple la solución a sus especiales necesidades de atención, información y alojamiento temporal», detalla el texto de la convocatoria.

El servicio se realizará de forma adaptada atendiendo a las necesidades de las personas usuarias, «con objeto de promover su integración familiar, su vida autónoma y potenciando el desarrollo de sus capacidades, respetando, siempre, la confidencialidad y privacidad de las personas usuarias».

Por otra parte, el servicio de atención en las casas de acogida y servicios especializados se prestará bajo el principio de coordinación entre administraciones públicas y demás entidades implicadas en la atención integral de las víctimas.

Tienen la consideración de centros residenciales para la prestación de los servicios de alojamiento temporal, atención e información a las víctimas de violencia de género en Castilla y León, las casas de acogida y cuando se trate de víctimas de violencia de género especialmente vulnerables por razón de discapacidad por enfermedad mental grave o trastornos por uso de sustancia los servicios especializadas de atención integral.

El objeto de la acción concertada es dar respuesta a la necesidad de atención, información, manutención y alojamiento temporal de las personas víctimas de violencia de género, tanto mujeres como personas dependientes de ella, que tienen que abandonar su domicilio habitual y no disponen de otro lugar seguro donde alojarse.

Violencia cero

Todos los centros residenciales que opten a la convocatoria deberán adherirse al Modelo Objetivo violencia cero de Castilla y León. También deberán garantizar, a través de los medios necesarios, que todas las personas usuarias del centro residencial, especialmente en menores o en personas con discapacidad, tengan acceso integral a la información sobre sus derechos y sobre los recursos existentes, en un lenguaje claro y comprensible, en un idioma que puedan entender y mediante formatos accesibles en términos sensoriales y cognitivos y adaptados a las circunstancias personales de sus destinatarios, garantizándose su acceso universal.

En cuanto a los servicios que estas casas de acogida deben prestar, los centros «deben estar ubicados en zonas normalizadas y con comunicación a los servicios y equipamientos que las víctimas de violencia de género puedan necesitar», detalla la Orden de la convocatoria. Dada la naturaleza del servicio a prestar, la ubicación de los centros será secreta y, por lo tanto, no podrá hacerse publicidad de su ubicación para garantizar la seguridad de las usuarias.

En las casas de acogida, el alojamiento temporal será como máximo de seis meses, aunque excepcionalmente se podrá prorrogar por causa justificada, por periodos de 6 meses, sin que en ningún caso pueda superarse los 18 meses desde el ingreso. En los servicios especializados para atender a víctimas de violencia de género especialmente vulnerables por razón de discapacidad por enfermedad mental grave o trastornos por uso de sustancias la permanencia máxima será de 9 meses, aunque excepcionalmente podrá prorrogarse, por causa justificada, durante un periodo de hasta 3 meses.

El servicio de estos centros de acogida comprende, en primer lugar, alojamiento y manutención. En cuanto al alojamiento, denominado en la convocatoria ‘estancia’, se entiende «la ocupación por la víctima de violencia de género y las personas dependientes en habitación (individual o doble).

La manutención comprende cinco comidas diarias: desayuno, almuerzo, comida, merienda y cena. Atendiendo a las necesidades médicas de las usuarias, si bien la preparación corresponderá a las personas usuarias del centro residencial.

Pero además hay otros servicios como el ajuar, con ropa de cama, mesa y aseo, que incluye la utilización por la persona usuaria de la ropa de cama, mesa y aseo del centro, que deberá encontrase en condiciones adecuadas de uso. También utensilios para la higiene personal (peine, cepillo de dientes, pasta dentífrica, jabones, champú, gel, pañales, compresas, higiene menstrual, así como cualquier otro requerido para el aseo). Eso sí, serán a cargo de las personas usuarias los productos de marca o tipos específicos por ellas preferidos.

También está a disposición de las usuarias la adquisición de productos farmacéuticos para el botiquín de emergencia, así como cobertura económica como dinero de bolsillo indispensable para satisfacer una situación de emergencia, paliar gastos de transporte, llamadas telefónicas u otros imprevistos.

El reglamento de régimen interior de cada centro establecerá las normas y horarios que deberá ajustarse para la utilización de las dependencias comunes del centro, así como el horario de entradas y salidas del centro.

Las entidades que deseen concurrir a la convocatoria de Familia tienen diez días de plazo para presentar sus solicitudes.

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