Diario de Castilla y León

Ratificada la condena de 4 años a un leonés por abuso sexual a una amiga

Los magistrados consideran que los hechos producidos en 2019 están probados por lo que no se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia en el que se basaba la apelación

TSJ de Castilla y León en una imagen de archivo. - E. M.

TSJ de Castilla y León en una imagen de archivo. - E. M.

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Redacción
Valladolid

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación presentado por un leonés condenado a cuatro años de prisión por haber abusado sexualmente contra una amiga en 2019.  Ratifica así la condena dictada por la Audiencia Provincial de León en mayo de este año.

Los magistrados consideran que los hechos están probados y por tanto no se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia en el que se basada este recurso. “Este derecho fundamental se vulnerará cuando se dicte sentencia condenatoria con ausencia de prueba, pero no en aquellos casos en que se haya reflejado un mínimo de actividad probatoria de cargo, razonablemente suficiente y producida en el juicio oral con las debidas garantías procesales. De dicha presunción de inocencia deriva el principio “in dubio pro reo” , que se desenvuelve en el campo de la estricta valoración de la prueba”, dice el escrito del Alto Tribunal, informa Ical.

El escrito de apelación también pedía que se tuviera en cuenta un “error en la prueba”. En este sentido los jueces recuerdan que entre las funciones del tribunal de apelación no está la de valorar esa prueba, algo que ya se hizo en el juicio. Explica que su trabajo es “revisar críticamente la valoración realizada por el mismo, rectificando la declaración fáctica y sustituyéndola por una propia si aprecia error en aquella función valorativa, pero respetando todos aquellos aspectos que dependan exclusivamente de la inmediación y justificando el cambio de criterio, en su caso, no en simples apreciaciones subjetivas sobre el peso o valor de determinadas pruebas”, explica. 

Los hechos se remontan a las fiestas de San Froilán de 2019 cuando ambos amigos salieron de fiesta y posteriormente acudieron al domicilio de ella para cenar y dormir, como habían hecho en numerosas ocasiones. Una vez en la cama él abusó de ella, a pesar de que en numerosas ocasiones la chica le había dejado claro que solo eran amigos. 

El Tribunal Superior de Justicia ratifica así la sentencia en el que se condena al acusado a cuatro años de prisión por abuso sexual a una amiga acaecido en la noche de las Fiestas de San Froilán de León en 2019. También se le inhabilita para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, se le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 300 metros además de comunicarse con ella por cualquier medio durante seis años. También debe indemnizarla con más de 4.000 euros. 

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