Diario de Castilla y León

Condenado el alcalde de un pueblo de León a 6 meses de prisión, una multa de 2.160 euros y 11 años de inhabilitación

Se le considera autor de un delito de gestión interesada y otro de prevaricación administrativa por la adjudicación de una parcela a una sociedad de su propiedad

La Audiencia Provincial de León juzga al alcalde de Cañabas Raras, Juan Marcos López, por un presunto delito de negociaciones prohibidas a funcionarios.- ICAL

La Audiencia Provincial de León juzga al alcalde de Cañabas Raras, Juan Marcos López, por un presunto delito de negociaciones prohibidas a funcionarios.- ICAL

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Redacción
Valladolid

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La Audiencia Provincial de León emitió este miércoles una sentencia en la que condena a seis meses de prisión, 2.160 euros de multa y once años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al alcalde la localidad berciana de Cabañas Raras, Juan Marcos López, al considerarle culpable de un delito de gestión interesada y otro de prevaricación administrativa por la adjudicación de una parcela a una sociedad de su propiedad.

Sin embargo, la sentencia absuelve al regidor ‘popular’ de malversación de caudales públicos, fraude y tráfico de influencias de los que había sido acusado por la acusación particular. También se establece que “no ha lugar” a decretar la responsabilidad civil interesada por la acusación particular y el Ministerio Fiscal, informa Ical.

Juan Marcos López fue juzgado en marzo de este año en la Audiencia Provincial de León tras una denuncia formulada por el concejal del Partido Socialista, Antonio Puerto González , y la sentencia emitida este miércoles considera probado que, además de ser administrador único de la sociedad Clínica Veterinaria Bierzoo, “a sabiendas de la ilegalidad y del deber que tenía de abstenerse, puesto que ya con anterioridad, participó en la doble condición de administrador de la Clínica Veterinaria Bierzo, SL y de alcalde de la localidad en el expediente administrativo de enajenación publica de la Parcela 97 del Polígono Industrial de Cabañas Raras, votando la adjudicación de dicha parcela a favor su propia clínica mercantil”.

Además, al ser “ conocedor de la prohibición de contratar en la que incurría, otorgó poder notarial a su esposa para actuar en representación de la mercantil”, al tiempo que “el expediente administrativo para la adjudicación de la parcela se tramitó prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, omitiendo tramites esenciales y contraviniendo la legalidad vigente para obtener un beneficio particular e interesado”, lo que supuso “un flagrante incumplimiento de normativa administrativa”.

“Si hubiese sabido que me podía abstener, no estaría aquí ahora mismo. En ningún momento el secretario hizo ninguna mención sobre ello, pero si me lo hubiera dicho lo habría hecho porque no he ido nunca en contra de un informe de Secretaría”. Con estas palabras, el alcalde de Cabañas Raras, Juan Marcos López, aseguró en su día ante la Audiencia Provincial que desconocía que podía abstenerse en el proceso de adjudicación, al tiempo que afirmó que la parte administrativa de la sociedad la llevaba su mujer, de modo que fue ella quien solicitó en el registro del Ayuntamiento la concesión de licencia ambiental y de obras para montaje de la empresa en la parcela.

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