Diario de Castilla y León

Transparencia exige a Empleo hacer públicos los mediadores del Serla y sus retribuciones

El informe del Comisionado llega después de que la Consejería, en época de Ciudadanos, considerara la solicitud de información "en los límites del carácter abusivo" y en la que "no prevalece el interés público"

El comisionado de Transparencia, Tomás Quintana.- ICAL

El comisionado de Transparencia, Tomás Quintana.- ICAL

Publicado por
Ricardo García
Valladolid

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El Comisionado de Transparencia de Castilla y León, el organismo que dirige Tomás Quintana, ha publicado una resolución en la que insta a la Consejería de Industria, Comercio y Empleo a que haga públicos los datos de los mediadores del Servicio Regional de Relaciones Laborales (Serla) y los honorarios que perciben por su labor de arbitraje.

En concreto, Transparencia ha emitido un dictamen en relación a una reclamación presentada tras la decisión de la Consejería de ocultar los mencionados datos durante la época en la que quienes estaba al frente fueron Germán Barrios primero y Ana Carlota Amigo después, ambos de Ciudadanos , puesto que la solicitud original remitida a su departamento data de febrero de 2020 y demandaba una amplia recopilación de datos desde 2012.

En aquel momento, la respuesta del departamento de Amigo señaló que si bien los nombres de los mediadores era públicos y aparecían recogidos en la propia web del Serla, optaba por ocultar sus retribuciones aludiendo a la protección de datos de estas personas. De hecho, y después de que el propio Comisionado solicitara a la Consejería un informe tras recibir la reclamación, esta argumentó que "esta petición estaba en los límites del carácter abusivo que contempla el artículo 18 de la Ley de Transparencia por el volumen de información que solicitaba, y lo que ello suponía tanto de revisión de expedientes, que en muchos casos no estaban informatizados, como el intervalo de tiempo que se solicitaba".

Curiosamente, este mismo martes este periódico publicaba que la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo exigía transparencia a los sindicatos en relación con esta misma cuestión, ya que reclamaba una relación de los mediadores del Serla y sus remuneraciones. 

En la misma contestación, Empleo e Industria añadía que "sí que es cierto que son públicas las identidades tanto de mediadores como de conciliadores (...) pero no lo son los honorarios percibidos por cada uno de ellos por su labor, y en este sentido entendemos que no prevalece el interés público. Y consideramos que no prevalece el interés público porque la persona reclamante, simplemente, hace una alusión a un genérico interés general".

En el mismo sentido, desde la Consejería de Amigo opinaron que "el objeto de esta reclamación además de traer causa de una solicitud de información que consideramos abusiva, se justifica en un genérico interés público que no permite realizar la ponderación frente a la protección de datos , pero sobre todo requiere una profunda labor de reelaboración que en estos momentos, el Servicio Regional de Relaciones Laborales no pueda asumir como consecuencia de la situación en que se encuentra el país en general y Castilla y León en particular".

Precisamente, esa "ponderación" a la que se refería Empleo está recogida en la legislación, y permite valorar si lo que predomina es el acceso a la información pública de la ciudadanía o la privacidad de los datos. en este caso, parece lógico pensar que es el primer aspecto el que tiene prioridad, pues no solo se habla de un organismo público sino, además, del sueldo que perciben quienes allí desempeñan sus funciones y que también es público.

Por parte de Transparencia, y tal y como figura en la mencionada resolución que se extiende a lo largo de 21 folios, se indica que "todos los contenidos descritos en la petición de información que se halla en el origen de esta reclamación pueden ser calificados como información pública en los términos indicados en el artículo 13 de la Ley de Transparencia". De hecho, matizan que dicho epígrafe define información pública como "los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones".

Más adelante en el dictamen, y criticando directamente la tramitación llevada a cabo por la Consejería, Transparencia señala que "en modo alguno se realizó la ponderación exigida , sino que la Administración autonómica se limitó a señalar en sendas notas a pie de página en los documentos remitidos a la persona solicitante que la protección de los datos personales de los afectados prevalecía sobre el derecho de acceso a la información de la solicitante y, en consecuencia, impedía que este acceso pudiera tener lugar.

Al hilo de esto, Transparencia detalla que en el informe recibido "se hace referencia a una falta de concreción por la persona reclamante del interés general perseguido por esta con la obtención de la información", pero poco después matiza que "la ausencia de exposición de este motivo no opera como una causa automática de denegación de la información, aun cuando esta contenga datos de carácter personal que no se encuentran especialmente protegidos, como ocurre en este caso".

De hecho, el Comisionado apostilla también que "se trata de información relativa a la gestión de fondos públicos destinados a la realización de funciones de naturaleza también pública y que revelan una parte de los ingresos de determinados profesionales que no tienen la condición estricta de empleados públicos".

"En definitiva", incide el Comisionado de Transparencia, "de un lado existe cierto interés público en la divulgación de la información solicitad a, no pudiendo ser descartado este interés público de la forma tajante en que los hizo la Administración autonómica para denegar la información; por otro lado, no se evidencia un claro perjuicio para los profesionales afectados por el solo hecho de que se conozcan por la persona solicitante los ingresos recibidos por estos en el desarrollo de su labor en los procedimientos de conciliación-mediación y de arbitraje llevados a cabo por el Serla".

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