POLÍTICA

Europa ve ilegales los 10 años de arraigo para acceder a ayudas a la vivienda del pacto PP-VOX

La Comisión Europea rechaza la ley de medidas presentada en Valencia y que incluye los mismos requisitos que en el acuerdo de Castilla y León

Vivienda en venta, en una imagen de archivo.ICAL

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Valladolid

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Exigir 10 años de arraigo para acceder a ayudas y subvenciones es, a juicio de la Comisión Europea, ilegal. Así se pronuncia Europa, según informa la Cadena Ser, sobre la ley de medidas de la Comunidad Valenciana presentada por PP y VOX, que incluía este criterio, que es el mismo que también recoge el pacto de PP y VOX en Castilla y León. El acuerdo de ambas formaciones en la Comunidad también establece este criterio para acceder a las ayudas para la compra de vivienda.

Según una respuesta del comisario de Asuntos internos y Migración de la Comisión Europea a una pregunta presentada por Compromís en relación con la ley de medidas fiscales de PP y VOX en la Comunidad Valenciana, exigir 10 años de empadronamiento no se ajusta a la legislación vigente o, en otras palabras, es ilegal. Y es ilegal porque el máximo que se puede establecer en este sentido es de cinco años.

Así lo confirma el comisario de Asuntos interno y Migración de la CE, Magnus Brunner, del Partido Popular Europeo, según la información de la Ser, quien deja claro que reclamar 10 años de empadronamiento es ilegal de acuerdo con la normativa europea. Y si es ilegal en la Comunidad Valenciana, lo es también en Castilla y León, donde este requisito figura ya en el pacto de gobierno suscrito por PP y VOX.

Concretamente, en el punto 15.15 del documento, se detalla que "se establecerá un sistema de acceso a vivienda protegida y de alquiler social inspirado en el principio de prioridad nacional, adecuado a la legalidad vigente, que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantienen un arraigo real, duradero y verificable con el territorio". Además, los dos partidos firmantes incluyen aquí "la exigencia de arraigo real y prolongado, basado en empadronamiento histórico en Castilla y León y España (mínimos de 10 años para compra y 5 años para alquiler).

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Pues bien, a la vista de lo que considera la Comisión Europea para la Comunidad Valenciana, esos 10 años que se exigen en Castilla y León son ilegales. O lo serán, previsiblemente, cuando se apliquen de manera efectiva en alguna ley o convocatoria de ayudas. No obstante, cuando eso ocurra, deberá ser la UE la que se pronuncie también sobre ese caso concreto.